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Monotributo – Nuevo Proyecto de Ley – No se cobrarán los retroactivos y otras modificaciones

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Los beneficios establecidos en este proyecto no obstan la aplicación de los establecidos en la Ley 27.618 mientras sea compatible con el nuevo proyecto.

  • Se retrotraen los valores de enero a junio 2021 de las cuotas de monotributo a los vigentes a 12-20.
  • Actualización de escalas. A partir de Julio de 2021

  • Alivio Fiscal – Permanencia en el Régimen

Contribuyentes que al 30-6-21 hayan excedido el límite superior para la máxima categoría, se mantendrán en el monotributo siempre que no excedan los nuevos montos a partir de julio 2021. Si excede excluido desde cero horas.

Si fueron excluidos o renunciaron entre el 1-1-2021 y el 30-6-2021 podrían volver al monotributo si no excede su facturación la tabla vigente a partir de julio 2021. No se reintegrarán importes determinados de Ganancias e IVA.

Requisitos:

  • Que los ingresos durante el 2020 no superen 1,5 veces los ingresos brutos máximos de la categoría K (valores julio 2021)
  • Que los bienes en el país y en el exterior, gravados, no alcanzados y exentos, al 31-12-20 no superen los $ 6.500.000, sin considerar ningún mínimo no imponible y sin considerar la casa habitación.
  • Pago de 1 Cuota Especial (Cat. E, F y G) ó 2 Cuotas (Cat. H, I, J y K) del valor de la cuota mensual.

 

  • Régimen de regularización de deudas para pequeños contribuyentes.

Podrán acogerse por las obligaciones (incluidas las que están en discusión administrativa) devengadas al 30-6-21, de los componentes impositivo y previsional (incluido Obra Social). Regularización de deuda y exención y/o condonación de interéses, multas y demás sanciones no firmes.

Efecto: Allanamiento incondicional por las obligaciones regularizadas o el desistimiento de acciones, reclamos o recursos, asumiendo el responsable el pago de costas y gastos.

Plan de Facilidades:

  • Hasta 60 cuotas
  • Interés 1,5% mensual.

 

NUEVO PROYECTO DE LEY

Descargar (PDF, 2.36MB)

8 comments

  1. MARIELA 14 junio, 2021 at 09:06 Responder

    Como les gusta hacernos trabajar de mas.
    En mi casi estoy sola para todo, si no me ocupo en tiempo y forma, no me dan las fechas para cumplir con los vencimientos de IVA.
    O sea que ahora todo lo que hice es trabajo AL PEDO??

  2. Maria Laura 11 junio, 2021 at 08:59 Responder

    Tengo la misma duda, a la mayoria de mis clientes recategorizamos con la nueva tabla. Si bien NO mande a pagar la deuda a aquellos que les salio ya que me parecia insconstitucional, todos pagaron la nueva categoria. Que hago?? con los que no llegue a recategorizar?? los dejo asi?? Me parece una falta de respeto total…. cansada y harta de las improvisaciones de AFIP.

  3. Caro 10 junio, 2021 at 16:16 Responder

    HAY QUE ESPERAR. HASTA EL VENCIMIENTO. No hacer nada hasta que salga todo publicado. Paradógicamente el que cumple en término PIERDE!!!!

  4. Florencia 10 junio, 2021 at 13:50 Responder

    Hola.. que pasa con los que deben bajar de categoría porque venían pagando de más? Por ejemplo, tengo dos casos que bajaron una categoría y dos categorías respectivamente, y tenían saldos a favor.

  5. Gabriel 10 junio, 2021 at 12:39 Responder

    Carla buen día.

    Sé que no voy a decir algo nuevo pero…. ¡¡¡Cuantas improvisaciones!!!

    El tiempo que invertí en avisar a los clientes de la “nueva deuda” fue tiempo perdido….. y van….

  6. MARIELA 10 junio, 2021 at 11:46 Responder

    QUE PASA CON LOS MONOTRIBUTISTAS QUE HICIERON LA RECATEGORIZACION CON LOS NUEVOS PARAMENTROS, EN EL MES DE JUNIO QUE VALOR DEBEN ABONAR, PORQUE EL QUE TENIA DEBITO AUTOMATICO LA RECATEGORIZACION DEBIA HACERSE ANTES DEL 11/06/2021. ESPERO COMENTARIOS GRACIAS

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