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MONOTRIBUTO DECLARACIÓN JURADA INFORMATIVA CUATRIMESTRAL. RG (AFIP) 2888/2010.

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Los pequeños contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, deberán presentar una declaración jurada informativa por cada cuatrimestre calendario siempre que, a la finalización del cuatrimestre calendario:
a) Se hallen encuadrados en la Categoría F, G, H, I, J, K, L, o
b) Revistan la calidad de empleadores, aunque no se encuentren en las Categorías antes mencionadas.
Si el pequeño contribuyente dejara de cumplir la condición que lo sujetó al presente régimen, la obligación de información subsistirá por el término de 6 cuatrimestres calendarios contados a partir de la finalización del último cuatrimestre informado.
La presentación de la información se formalizará, a través del sitio www.afip.gob.ar, ingresando al servicio “Sistema Registral”, opción “Declaración de Monotributo Informativa”, a cuyo efecto deberá contarse con “Clave Fiscal”, habilitada con Nivel minimo de Seguridad 2. De resultar aceptada, el sistema emitirá una constancia de la presentación efectuada.
La información deberá ser remitida hasta el último día hábil del mes inmediato siguiente al de la finalización de cada cuatrimestre calendario (Mayo, Septiembre y Enero).
Corresponderá que se informen, respecto de cada cuatrimestre calendario, y en la medida que resulten aplicables conforme a la actividad que desarrolle el sujeto obligado, entre otros, los datos que, por cada concepto, se indican a continuación:

DATOS A INFORMAR
Documentación de respaldo
1. Forma de emisión, indicando si se efectúa por sistema manual o por controlador fiscal.
2. Nº de la primera y última factura o documento equivalente emitido.
3. Monto de las operaciones del período.
Proveedores
1. CUIT de los 5 principales proveedores, en función al monto de las operaciones.
2. Monto de compras efectuadas a dichos proveedores.
3. Cantidad de facturas o documentos equivalentes emitidos por el proveedor.
Clientes
1.CUIT, CUIL o CDI, de los 5 principales clientes en función al monto de las operaciones.
2. Monto facturado a dichos clientes.
3. Cantidad de facturas o documentos equivalentes emitidos a dichos clientes.
Local o establecimiento
1. Condición de propietario o inquilino, o si la actividad se desarrolla sin local o establecimiento fijo.
En caso que la condición sea la de inquilino:
CUIT, CUIL o CDI del propietario del inmueble.
Monto de los alquileres devengados en el cuatrimestre.
Fecha de inicio del contrato de locación.
Fecha de finalización del contrato de locación.
Número de partida y de inscripción dominial, de corresponder.
Energía eléctrica
1. Números de las facturas cuyos vencimientos se hayan producido en el cuatrimestre.
2. CUIT de la empresa proveedora del servicio de suministro eléctrico.
3. Kilovatios consumidos en el cuatrimestre.
4. CUIT del titular del servicio (sujeto a cuyo nombre se emite la factura).
Profesionales o transportistas:
a) Profesionales
1. Fecha de la primera matriculación, de no estar matriculado, fecha de expedición del título.
2. CUIT del Consejo o Colegio Profesional en el que se encuentre matriculado.
b) Transportistas
1. Condición de titular del vehículo u otra.
2. Monto que se abona en concepto de alquiler, de corresponder.
3. CUIT de la compañía aseguradora del vehículo.
4. Dominio del vehículo.
5. Monto de la prima de seguro.
6. Número de póliza del seguro del vehículo.

El cumplimiento del presente régimen será requisito para la tramitación de constancias de situación impositiva y/o previsional, entre otras. La falta de presentación de la información dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en la ley 11683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones.
La presentación de la información correspondiente al primer cuatrimestre de 2010 podrá efectuarse hasta el día 30 de setiembre de 2010, inclusive.
Conclusión: Ser Monotributista es cada vez mas complejo. No se, si en el transcurso del tiempo hasta llegar a Septiembre saldran modificaciones o prorrogas sobre esta resolucion, pero creo que el peso de los controles e información que se le esta exigiendo a contribuyentes que estan inscriptos en un regimen supuestamente “Simplificado”, esta muy lejos de ajustarse al espiritu original con el que fue creado.

11 comments

  1. Anonymous 30 diciembre, 2010 at 04:33 Responder

    SE COBRA INTERESES E INTERESES CAPITALIZABLES?????????????, AUTONOMO VALOR ACTUAL MAS INTERESES E INTERESES CAPITALIZABLES???????, EN VEZ DE IR HACIA ADELANTE VOLVEMOS AL PASADO, LA VORACIDAD DE LA AFIP NO TIENE LIMITE
    MINIMO IMPONIBLE GANANCIAS $ 9000,00 MENOS DE UN HABER MINIMO POR MES, QUIEN VIVE CON ESOS MONTOS??????????????
    COLEGAS ES HORA QUE DEJEMOS DE CUMPLIR A RAJATABLA CON LAS EXIGENCIAS DE LA AFIP Y COMENCEMOS A DISCUTIR SUS PRETENSIONES O TENDREMOS QUE HACER NOSOTROS TAMBIEN PIQUETES!!!!!!!!!!!!!!!!1

  2. Anonymous 1 octubre, 2010 at 01:34 Responder

    que buen sistema tiene el gobierno para cercar a los evasores con estas malditas declaraciones juradas, porque no lo hacen con los delincuentes realemente que son los que mejor la pasan en este pais

  3. anamarina 27 septiembre, 2010 at 22:08 Responder

    POR FAVOR, ALGUIEN SABE SI SE PRORROGA LA DECLARACION JURADA INFORMATIVA DE MONOTRIBUTO QUE VENCE EL 30/09- URGENTE!!!!!!!!!!! ES IMPOSIBLE TERMINAR DE COMPLETAR TODA LA INFORMACION, SOLO FALTA QUE PIDAN EL GRUPO DE SANGRE Y ANALISIS DE ORINA!!!!!!!!!!!
    PRESIONEMOS A LOS CONSEJOS PARA QUE PIDAN PRORROGA!!!!!!!!!!!!!!!.

  4. Romina 26 agosto, 2010 at 20:46 Responder

    Gracias! ya me di cuenta de lo que había interpretado, jajaja. primer día hábil en vez de último!! y me horroricé!!! jajaja.
    Mil gracias!!!

  5. Romina 26 agosto, 2010 at 17:20 Responder

    El segundo cuatrimestre del 2010 hay que presentarlo el 01/09??? y el primero del 2010 hasta el 30/09??
    estoy entendiendo bien??
    es una locuraaaaaaaaaa

  6. Anonymous 17 agosto, 2010 at 03:35 Responder

    Es cierto que el monotributo es una vía de evasión. Pero este país es simplista: como evaden, persigamos a todos. Pasa con el fútbol: por 200 inadaptados, pagan todos. La AFIP puede hacer cruzamientos con los Registros del Automotor y del Inmueble por ejemplo, y pedir explicaciones a aquellos monotributistas cuya categorización no coincida con sus bienes, EN LUGAR de hacer complejo un “Régimen Simplificado”. Un poco de coherencia, un Consejo que nos represente. Por favor. Siempre por unos pocos nos perjudicamos todos. Saludos

  7. Anonymous 13 agosto, 2010 at 19:44 Responder

    En la pantalla del monotributo se escudan muchos evasores, que son como la moneda falsa en la economía, que desplaza a la buena moneda. En muchos casos el monotributista se convierte en un competidor desleal en el comercio y en los servicios, ya que declarando engañosamente no enfrenta las verdaderas obligaciones impositivas que le corresponderían, mientras que en apariencia esta inscripto y cumpliendo con sus obligaciones. Hay que eliminar el monotributo

  8. Anonymous 13 agosto, 2010 at 19:35 Responder

    El monotributo es una vía de evasión. Conozco a muchos monotributistas cuyo nivel de vida y valor de los bienes adquiridos no condicen con sus ingresos declarados.El monotributo es un canal de evasión.

  9. pagg 13 agosto, 2010 at 13:31 Responder

    Es una BARBARIDAD, una PERSECUCIÓN. Esto ya no tiene nada de régimen simplificado.
    Un típico profesional que gana lo razonable queda afuera por uno u otro motivo.
    Los topes están desactualizados, y el tope de GASTOS es también algo incoherente. Están locos !!!

  10. Anonymous 13 agosto, 2010 at 04:25 Responder

    Están locos. Cada vez laburamos más para ellos. Muy bueno el comentario final. A VER SI DE UNA VEZ POR TODAS TENEMOS UN CONSEJO QUE NOS REPRESENTE!

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