Como consecuencia de la Ley 27639 de alivio fiscal, el pago de la cuota de monotributo del período 6-2021 fue prorrogado (lamentablemente a último momento) y según lo establecido en la RG 5016/21 recién vence el próximo jueves 5 de agosto de 2021.
En principio, aquellos contribuyentes que abonan el monotributo mediante débito automático deberían ver debitada la cuota de junio 2021 el próximo jueves 5-8-2021 y los contribuyentes que paguen VEP deberán generarlo para poder abonarlo en tiempo y forma.
¿Qué tener en cuenta antes de generar el VEP de junio 2021?
Lo primero que debería controlarse es la CCMA que ya está funcionando (al estilo de siempre…) y ver si el contribuyente posee algún saldo a favor que pueda reimputar como consecuencia de haber optado por modificar su categoría durante junio según lo establecía la RG 5003/21 según la categoría que le correspondía por la tabla 2021.
Si posee saldos a favor podría reimputarlos al período 6-2021 antes de generar el VEP.
Recordemos que las reimputaciones de Obra Social -monotrbuto no se realizan a través del CCMA sino que es necesario solicitar su reimputación a través de Presentaciones Digitales.
Para aquellos que abonan a través de débito automático, el trabajo aumenta ya que deberían evaluar, si les conviene solicitar el Stop Debit para poder abonar solo la diferencia producto de la reimpiutación en el mes de junio 2021, contra la posible pérdida de parte del beneficio de abonar todo el año el monotributo mediante débito automático.
¿Cómo generar el VEP para el pago del monotributo período 6-2021?
1. Ingresar al servicio “Monotributo” en la página de AFIP,
2. Seleccionar la opción “Pagos” y allí hace clic en la opción “Ver saldo/pagar”.
3. El servicio redirecciona directamente a la CCMA y desde ahí, luego de realizar la reimputaciones que correspondan deberá generarse el VEP.
4. Seleccionar la opción “Volante de Pago” que aparece al final de la primer hoja de la CCMA
6. Seleccionar el medio de pago que corresponda y generar el VEP
Recordar que el 5 de agosto 2021, también vence el pago de las diferencias que pudieron surgir por los meses de febrero a mayo 2021 para aquellos contribuyentes que como consecuencia de categorizarse con la tabla 2021 hayan quedado en una categoría superior a la que estaban (estas diferencias son con los valores de las cuotas vigentes en el 2020).