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Modificaciones para la Jurisdicción Tucumán en el Convenio Multilateral.


La Dirección de Rentas de Tucumán, a través de las RG 82/13, 83/13 y 84/13, dispuso que a partir del periodo fiscal 2014 los contribuyentes comprendidos en el Convenio Multilateral, excepto los encuadrados en su artículo 8 (Entidades Financieras), deberán liquidar y determinar el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, y sus respectivos anticipos correspondientes a la jurisdicción de Tucumán, mediante la utilización del aplicativo local denominado SiAPre.
La decisión radica en la falta de adecuación del SIFERE a lo dispuesto por la jurisdicción de Tucumán sobre el nuevo régimen de anticipos establecido por la RG (DGR) 140/12 y su complementaria RG (DGR) 141/12.
Por este motivo se estableció que el formulario CM03, pasa a revestir el carácter de declaración jurada mensual “informativa” para la jurisdicción de Tucumán, debiendo utilizarse el mismo a los fines del pago de los anticipos correspondientes a esta jurisdicción conforme al mecanismo de pago implementado por la RG (CA) 9/05.
Para la generación y presentación del formulario CM 03, se deberán importar los datos del programa aplicativo “local” al programa aplicativo SIFERE a través del botón “Importar Datos” desarrollado por la Comisión Arbitral dentro de dicho Sistema.
El citado programa aplicativo podrá ser transferido de la página Web de la Dirección General de Rentas www.rentastucuman.gob.ar.
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