Se modifica el texto del artículo 12 de la Ley Nº 20.744, previéndose que será nula y sin valor toda convención de partes que suprima o reduzca los derechos previstos en esta ley, los estatutos profesionales, las convenciones colectivas, ya sea al tiempo de su celebración o de su ejecución, o del ejercicio de derechos provenientes de su extinción.
Sanciones materiales – Moratoria – Condonación
ID 25476471 Tratándose de sanciones materiales, se entiende que no se contempla la situación en las cuales los contribuyentes y/o responsables pudieran haber cancelado la ...
No comments