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Incumplimiento Requisitos ATP y otros trámites nuevos en Presentaciones Digitales

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En las últimas semanas se han agregado nuevos trámites en el servicio de Presentaciones Digitales de AFIP:

También se actualizaron los requisitos del trámite para “Cancelación de inscripción por fallecimiento o alta de sucesión

En el caso de fallecimiento o ausencia con presunción de fallecimiento, el cónyuge y/o los presuntos herederos legítimos de la persona fallecida o declarada ausente, serán los responsables de informar a esta Administración
Federal, dentro de los SESENTA (60) días corridos de producidos tales hechos.
Debido a la emergencia decretada, se habilita la presentación digital sin la verificación presencial de documentación en original y copia para su autenticación, o en copia autenticada por Escribano Público.
La Administración Federal podrá requerir su certificación o promover su verificación, una vez transcurrida las medidas restrictivas por la pandemia.

Con este trámite podés realizar las presentaciones que a continuación se indican, según quien lo suscribe.

Para quien suscribe en calidad de cónyuge, herederos legítimos o administrador de la sucesión, podrá realizar las siguientes presentaciones:

a) Registrar la fecha de fallecimiento.
b) Dar de baja las obligaciones por cese definitivo.
c) Habilitación para operar el Sicam o los servicios tributarios ya que la sucesión será
la continuadora de la actividad.
d) Alta de CUIT o CDI de la sucesión.
Indicar:
 Sucesión la cual registrará la fecha de fallecimiento, es decir, si vas a registrar el fallecimiento y por tanto el alta de la sucesión cuando la misma no se encuentra registrada, o,
 La solicitud de la habitación en el sistema y/o alta en los impuestos en calidad de sucesión continuadora de la actividad.
 De corresponder, solicitar la baja de los impuestos.
 Sucesión por la cual se solicita el alta de CUIT/CDI.
Adjuntar:
 Acta de defunción del causante *
 Declaración judicial de ausencia con presunción de fallecimiento *
 Si es cese total de actividades, adjuntar Formulario N° 981
 Designación judicial del administrador, libreta de casamiento o partida de nacimiento, testimonio de sentencia de adopción o documentación que acredite la representación legal, según corresponda *

En caso de solicitar el alta de CUIT de la sucesión (causante con CUIL), se debe
adjuntar adicionalmente:
 Frente y dorso del Documento Nacional de Identidad del solicitante.
 Formulario N° 460/F para la conversión de CUIL del causante a CUIT de la
sucesión.

En caso de solicitar el alta de CDI de la sucesión (causante sin CUIL ni CUIT), se debe adjuntar adicionalmente:
 Carátula del juicio sucesorio, donde conste el número de expediente, juzgado y secretaría de radicación.
 Formulario de declaración jurada Nº 663/NM.
 Como el domicilio declarado debe ser del país, deberá aportar documentación que lo avale. Ejemplo: domicilio de la empresa o establecimiento en caso de ser director, domicilio del responsable sustituto o representante legal, otros domicilios.
* La normativa requiere fotocopia certificada / copia certificada / fotocopia auténtica.

Finalizado el período de aislamiento obligatorio, podrá serte requerida la presentación de esta documentación.

Para quien suscribe en calidad de titular de la CUIT, cuando se encuentra incorrectamente registrada la fecha de fallecimiento, podrá realizar las siguientes presentaciones:

a) El borrado de la fecha de fallecimiento
b) La habilitación de los servicios de monotibuto y autónomo.
Indicar:
 Ser titular erróneamente registrado como fallecido.
 Solicitar la rehabilitación del servicio Sistema de Registro Tributario.
Adjuntar:
 Documento de identidad
 Certificado de supervivencia

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