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Impuesto a las Ganancias – Beneficiario del Exterior. Modificacines en el diseño de registro.

Los agentes de retención y/o percepción del “Impuesto a las Ganancias – Beneficiario del Exterior” que ingresen los datos en forma individual, global o por lote (importación) a través de “Mis Aplicaciones Web” deberán considerar, a partir del 01/12/2022, las modificaciones efectuadas en el diseño de registro que se detallan en el manual “Especificación de archivo para emisión por lote”.

Se recuerda que el sistema SIRE es de utilización obligatoria respecto de las retenciones y percepciones de los regímenes de la seguridad social, del impuesto a las ganancias para beneficiarios del exterior y del IVA.

Para la determinación de la obligación tributaria y el envío de la declaración jurada F. 996 y F. 997 se deberá utilizar el servicio con clave fiscal “Mis Aplicaciones Web”.

Se deberá presentar la información aún cuando no se hubieran efectuado operaciones de los regímenes detallados. Para ello, se presentará una declaración jurada “sin movimiento” y no será necesario emitir previamente ningún certificado desde el servicio “Sistema Integral de
Retenciones Electrónicas – SIRE”.

SIRE – Especificación de archivo para emisión por lote

https://www.afip.gob.ar/sire/documentos/SIRE-especificacion-para-emision-por-lote.pdf

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