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IGJ Prórroga hasta el 29/07/2011. RG (IGJ) 1/2011. Vigencia 5/4/2011

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Inspección General de Justicia prorroga hasta el 29/07/2011 el plazo establecido por la RG (IGJ) 5/10 para cumplimentar con lo previsto por la RG (IGJ) 1/10, que dispone la obligación de la presentación de una Declaración Jurada para las sociedades comerciales, sociedades extranjeras y binacionales como así también para las asociaciones civiles y fundaciones.

IGJ

1 comment

  1. Jimena 23 junio, 2011 at 19:00 Responder

    Carla, te hago una consulta. Sabes si se puede rectificar (o volver a generar la DDJJ) de la IGJ antes del 29 de Julio??? Gracias!

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