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Ganancias Personas Jurídicas sin aplicativo disponible para cierres diciembre 2021 ¿Qué cambia?

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El próximo 13 de mayo de 2022 comienzan a vencer las presentaciones de las declaraciones juradas de ganancias para personas jurídicas cuyos cierres operaron en diciembre de 2021.

Pero a 2 meses del vencimiento, el aplicativo de AFIP para su liquidación todavía no esta disponible. El aplicativo que actualmente se encuentra en la página web de AFIP es la Versión 19 Reléase 1, publicada en junio del año pasado y podría utilizarse en principio (salvo que AFIP publique nueva versión) para los cierres de noviembre 2021 inclusive.

¿Qué cambia para las personas jurídicas a partir del cierre diciembre 2021?

La Ley 27.630 (entre otras modificaciones) sustituyó -con efecto para los ejercicios fiscales iniciados a partir del 1 de enero de 2021, inclusive- la alícuota fija que era del 30 %, por una alícuota progresiva que va del 25 % al 35 %.

Escala aplicable a los ejercicios fiscales iniciados a partir del 1 de enero de 2021.

A su vez, los establecimientos permanentes ubicados en el país pertenecientes a sujetos del extranjero (definidos en el art. 22 de la Ley de Impuesto a las Ganancias también pasan a estar gravados a la alícuota progresiva de acuerdo a la escala recién mencionada.

Esta actualización en la escala es la que deberá ser modificada en el aplicativo de ganancias para personas jurídicas a partir de los cierres diciembre 2021.

3 comments

  1. Mariana 11 abril, 2022 at 16:27 Responder

    Buenas para los ejercicios de cierre 12/2021 el aplicativo contempla la tasa del 25% pero no la escala, es decir, si tienen sociedades cuya base imponible es hasta los 5.000.000 van a poder utilizar el aplicativo del año pasado, pero yo tengo algunas que superan y entran por escalas, esas se sabe algo?? alguna novedad de cuando publicaran el nuevo aplicativo?

  2. NR 12 marzo, 2022 at 17:20 Responder

    Buenas tardes. Respecto a la fórmula para calcular el tope de deducción de honorarios, uds tienen la fórmula actualizada en función a la escala del impuesto?

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