– Mínimo no imponible: $ 42.318
– Cónyuge: $ 39.778
– Hijos: $ 19.889
– Otras cargas: $ 19.889
– Deducción especial: $ 42.318.
– Deducción especial incrementada: $ 203.126
Por otro lado se deroga el decreto 1242/13.
Lo dispuesto en el presente decreto tendrá efectos a partir del 1 de enero de 2016, inclusive.
Vigencia: 23/2/2016
Aplicación: para incrementar los importes deducibles en concepto de mínimo no imponible y cargas de familia con efecto a partir del 1/1/2016