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GANANCIAS. INCREMENTO DE LAS DEDUCCIONES PERSONALES. DTO 394/16

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sueldo anual complementario SAC Se sustituyen los incisos a) y b) y el primer párrafo del inciso c) del Art. 23 de la ley de impuesto a las ganancias, por los siguientes:
– Mínimo no imponible: $ 42.318
– Cónyuge: $ 39.778
– Hijos: $ 19.889
– Otras cargas: $ 19.889
– Deducción especial: $ 42.318.

– Deducción especial incrementada: $ 203.126

Por otro lado se deroga el decreto 1242/13.

Lo dispuesto en el presente decreto tendrá efectos a partir del 1 de enero de 2016, inclusive.
Vigencia: 23/2/2016
Aplicación: para incrementar los importes deducibles en concepto de mínimo no imponible y cargas de familia con efecto a partir del 1/1/2016

7 comments

  1. MONICA 1 marzo, 2016 at 12:06 Responder

    HOLA CARLA, AL ESTAR EN CONCUBINATO, PARA REALIZAR EL CALCULO DE RETENCIÓN DEL IMPUESTO A LAS GANANCIAS, DEBO COLOCAR SOLTERA ?

  2. Osvaldo V. Rodríguez 1 marzo, 2016 at 09:37 Responder

    El nuevo valor para la deducción especial incrementada para la cuarta categoríA, de $ 203.126,40, mo aparece en el decreto 394/16. ¿Cual es la norma que lo determina?

  3. Emmanuel 24 febrero, 2016 at 11:07 Responder

    Buenos días, el aplicativo vigente de Ganancias y Bienes personales Versión 1.6, no toma las deducciones modificadas el 23/02/2016, es correcto? Alguien tiene datos al respecto, Gracias…

  4. Pablo 24 febrero, 2016 at 06:11 Responder

    Hola, el decreto me genera la siguiente duda ¿La derogación del beneficio del Dto. 1242/13 también es retroactiva al 01/01/16? A los empleados que no se les retenia porque resultaba aplicable el beneficio de dicho decreto, ¿deberia retenerse en Febrero considerando en la ganancia acumulada el sueldo de Enero también?

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