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Falta de presentación del Régimen de Información 103 211 211 del período 10/2021. ¿Cómo solucionarlo?

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Muchos colegas se han visto imposibilitados en esta última semana de realizar ciertos trámites en AFIP (Ej. solicitar la reducción de anticipos del Impuesto a las Ganancias).

Cuando realizaron la consulta, para constatar cual era el motivo de estas limitaciones, se encontraron con que AFIP, en forma masiva ha registrado el incumplimiento de la presentación del Régimen de Información de Compras y Ventas del período 10-2021

103 REGIMENES DE INFORMACIÓN 211 REGIMEN DE INFORMACIÓN DE OPERACIONES DE COMPRAS Y VENTAS 211 REGIMEN DE INFORMACIÓN DE OPERACIONES DE COMPRAS Y VENTAS

 

Régimen que ya no está vigente y que fue reemplazado por el Régimen de Información del Libro IVA Digital

103 REGIMENES DE INFORMACIÓN 815 LIBRO DE IVA DIGITAL 815 REGISTRACION DE OPERACIONES – LIBRO DE IVA DIGITAL

 

Pasos para consultar la falta de presentación utilizando el servicio de “Detalle de Deuda Consolidada”

La posibilidad de consultar la falta de presentación de DDJJs de un contribuyente puede realizarse a través del servicio “Presentación DDJJ y Pagos” opción “Falta de Presentación”, pero también puede realizarse a través del servicio de “Sistema de Cuentas Tributarias”, Seleccionar en el menú la opción “Detalle de Deuda Consolidada” y  Allí seleccionar el ítem “Deuda exigible y falta de presentación”.

¿Cómo solucionarlo?

Si bien es un error masivo que AFIP debería corregir en forma automática, la marca de incumplimiento por falta de presentación puede generarle inconvenientes al contribuyente que no pueden regirse por los tiempos que AFIP tarda en corregir sus errores.

En esos casos, es conveniente realizar una “Presentación Digital” a través de la opción “Consultas no vinculantes” donde se deberá indicar la situación y solicitar que se elimine la falat de presentación de un Régimen que ya no esta vigente para el contribuyente.

regimen

16 comments

  1. Tamara 23 octubre, 2023 at 13:53 Responder

    Hola! Tengo un nuevo cliente para regularizar IVA compras y ventas desde sept/2015 aunque sí le presentar las DJ. Saben si la presentación de IVA citi prescribe o si debo presentar todos los periodos desde ese momento? gracias.

  2. Natalia 31 mayo, 2023 at 00:21 Responder

    por si a alguien le sirve, me fue aceptada a la fecha 30 de mayo 2023 la presentación de régimen informativo 103-211 periodo 2019/8 y 2019/10 de un nuevo cliente a través de presentación digital cargué los formularios generados en siap, Citi compras y ventas, en mi caso sin movimientos. E IVA los mismos periodos por formulario 2002.
    lo hice de esa forma porque en ese periodo no existía el libro de IVA digital se implementó en 2020 y escalonado, se cargaba antes el régimen informativo desde presentación de ddjj y pagos pero ya no se puede por esolo hice como presentación digital.

  3. PASTOR AQUILES IBAÑEZ SAGGIA 15 febrero, 2023 at 12:33 Responder

    Hola. tengo el caso de una persona jubilada en 2013, y le reclaman regimen de información para monotribustistas 103 199 199
    periodos 2011/12 y 2012/4. Estando este regimen dado de baja y ante la imposibilidad de encontrar un mecanismo para hacer la presentación, le rechazan la devolución de percepciones. Ya no sabe como solucionarlos. Gracias

  4. Silvana Ferreyra 9 febrero, 2022 at 08:36 Responder

    Buenos días, sabrán decirme por donde presentar el Régimen de Información 103 211 211 de periodos 2019 y 2020 siendo que este Régimen ya no esta vigente. Probé desde libro de Iva Digital pero solo me permite desde 06 2020.
    Saludos y gracias.

  5. juan 20 enero, 2022 at 17:01 Responder

    Buenas tardes, sabrian decirme si en caso que falte presentar el Régimen de Información 103 211 211 del período 11/2020 y 12/2020 , el mismo hay que presentarlo bajando el aplicativo de siap? Muchas gracias

  6. JORGE 15 diciembre, 2021 at 20:04 Responder

    La presentacion Digital la envie a traves de la opcion “Consultas no vinculantes” en razon que no hay que hacerlo por Actualizacion y Correccion de Datos Registrales”, porque en el caso del contribuyente en el sistema registral figura el regimen dado de baja por la propia Afip el 08.2020, en razon que a partir del 09.2020 comenzaba la obligacion del mismo de presentar el libro Iva Digital.- En consecuencia, a la nota agregue una archivo con la baja registrada.-
    No entiendo realmente como pueden cometer este error, al cargar una regimen que no se encuentra vigente, tendiendo en cuenta que en la grilla del contribuyente el regimen figura dado de baja por ellos mismos.-
    Saludos

  7. MYRIAM CUENCA 15 diciembre, 2021 at 15:30 Responder

    En esos casos, es conveniente realizar una “Presentación Digital” a través de la opción “Consultas no vinculantes Lo hice pero me lo rechazaron HAY QUE HACERLO POR ACTUALIZACION Y CORRECCION DE DATOS REGISTRALES

    • Carla 15 diciembre, 2021 at 15:32 Responder

      Myriam,
      Gracias, hasta ahora por Consultas No Vinculantes lo tomaban…lamentablemente creo que depende de quien contesta la presentación.

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