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Factura electrónica para Proveedores de la Administración Nacional. Extensión de su aplicación desde 1/11/2010. RG (AFIP) 2939/10.

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Se extiende la obligación de emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes que respalden las operaciones de compraventa de cosas muebles, locaciones y prestaciones de servicios, locaciones de cosas y de obras y de las señas o anticipos que congelen precios, realizados con:
a) Administración Nacional, conformada por la Administración Central y los Organismos Descentralizados, comprendiendo en estos últimos a las Instituciones de Seguridad Social.
b) Empresas y Sociedades del Estado que abarca a las Empresas del Estado, las
Sociedades del Estado, las Sociedades Anónimas con Participación Estatal Mayoritaria,
las Sociedades de Economía Mixta y todas aquellas otras organizaciones empresariales
donde el Estado nacional tenga participación mayoritaria en el capital o en la formación
de las decisiones societarias.
c) Entes Públicos excluidos expresamente de la Administración Nacional, que abarca a
cualquier organización estatal no empresarial, con autarquía financiera, personalidad
jurídica y patrimonio propio, donde el Estado nacional tenga el control mayoritario del
patrimonio o de la formación de las decisiones, incluyendo aquellas entidades públicas
no estatales donde el Estado nacional tenga el control de las decisiones.
d) Fondos Fiduciarios integrados total o mayoritariamente con bienes y/o fondos del
Estado nacional.
Comprobantes alcanzados:
Están alcanzados por las disposiciones de la presente:
a) Facturas o documentos equivalentes, Notas de crédito y Notas de debito clase ‘A’.
b) Facturas o documentos equivalentes, Notas de crédito y Notas de debito clase ‘B’.
c) Facturas o documentos equivalentes, Notas de crédito y Notas de debito clase ‘C’.

7 comments

  1. Gonzalo Castillo 15 noviembre, 2010 at 19:16 Responder

    Buen dia quisiera que alguien me informe si el Pami entraria como organismo a facturarle como proveedore del estado.
    Asimismo si alquien sabe cuales son todos los organismos e instituciones que abarca la normativa a facturar como proveedor del estado.
    Desde ya muchas gracias

  2. Sebastian 6 noviembre, 2010 at 14:39 Responder

    Buen dia, no es que quiera darle la baja, si la nueva prorroga sale por rgm que se tendria que hacer con las empresas a las cual di de alta en el sistema de factura electronica, para pedir el certificado fiscal, no tengo que hacer nada, ya que la rg da mas prorroga o tengo que darla de baja, y cuando se venca la prorrora tengo que darla de alta de nuevo, esa es mi consulta, saludos

  3. Carla 5 noviembre, 2010 at 12:23 Responder

    Si tu consulta se refiere a la nota que salio en infobae sobre una posible nueva prorroga, hay que esperar a que salga la RG.
    Sino, cual es el motivo por el cual queres darle la baja en el sistema?

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