La factura electrónica para respaldar las operaciones de exportación a Tierra del Fuego (Ley 19.640); comprendidas en el sub régimen denominado “REMO – Guía de Removido – EXPCON”, será de uso obligatoria a partir del 01/10/2010.
Hasta el 30 de septiembre de 2010, inclusive, las operaciones se documentarán mediante la emisión y entrega del comprobante respectivo, de acuerdo con lo establecido en las Resoluciones Generales Nº 100 y Nº 1415, sus respectivas modificatorias y complementarias.
Solicitud de baja de servicios a través de la web de la empresa se incorporan los seguros y los servicios de distribución digital de contenido multimedia. Disposición 357/2021
La Resolución 316/2018 de la ex secretaría de comercio establecía que los proveedores de servicios que posean páginas web y cuya actividad económica era: – ...
Hola buen día quisiera saber si los residentes de tierra del fuego deben pagar el IVA en los productos de primera necesidad, a lo que me refiero es que si el impuesto del IVA IMPACTA SOBRE LA CANASTA BASICA ?
Pregunta: los impuestos provinciales deben ir informados a AFIP en el archivo que se envía vía webservice para obtener el CAE ?