¿Qué condición de venta debe marcarse en caso de que el comprador sea un Consumidor Final y abone a través de Transferencia Bancaria?
Esta es una pregunta bastante frecuente, ya que la opción “Transferencia” no figura en el servicio de “Comprobantes en Línea”, por lo cual realice la consulta a la AFIP, donde me respondieron:
Le informamos que podrás marcar la opción “Otras”, y aclarar que el pago se efectúa mediante transferencia bancaria.
Esta opción tiene 2 problemas:
- No hay un espacio concreto para realizar este tipo de aclaración dentro de “Comprobantes en Linea”, salvo en el detalle de la factura.
- La transferencia bancaria es un medio de pago electrónico (*), por lo cual, debería aplicar ese límite para poder facturar a consumidores finales sin tener que identificar al comprador, sin embargo, al ser “otra” la única opción disponible el límite se reduce a la mitad.
La RG 4444/19 menciona como medio de pago electrónico autorizado a: tarjetas de crédito, transferencias de pago instrumentadas mediante tarjetas de débito, tarjetas prepagas no bancarias u otros medios de pago equivalentes conforme normativa del Banco Central de la República Argentina.
Asimismo el BCRA, tiene publicado en su web los “Medios de pago electrónico”:
- Débito Inmediato (DEBIN) : El DEBIN permite pagar con una transferencia directa y también solicitarla desde la PC o el celular. El DEBIN es una transferencia online inmediata por medio de la cual quien cobra inicia el trámite y quien paga solo debe aceptarlo. A diferencia de las transferencias comunes, la otra parte no debe ser incorporada previamente y basta con pedirle su nombre de cuenta (Alias CBU), sin agregar otros datos como el DNI o el CUIT.
- ECHEQ o Cheque Electrónico: es un cheque librado por medios electrónicos que puede ser endosado, avalado, negociado, puesto en custodia, cedido y depositado en forma electrónica. Para emitirlo, se debe contar con el CUIT o CUIL de la persona beneficiaria y se puede depositar en cuentas corrientes y cajas de ahorro. Se puede aceptar o rechazar un ECHEQ hasta la fecha de vencimiento del valor.
- Pago Electrónico Inmediato (PEI)
1. Billetera electrónica | Transferencias de celular a celular a través de una aplicación para teléfonos móviles.
2. POS móvil | Transferencias iniciadas por medio del deslizamiento de una tarjeta por un dispositivo lector que se conecta al celular.
3. Botón de pago | Transferencias cursadas a través de un botón de pago, que sirve para realizar pagos en línea e insertar en la propia web.
- Pagos con Transferencia – Transferencias 3.0: leer cualquier código QR y realizar de forma rápida y fácil pagos con transferencia tan sólo con un teléfono y con cualquier billetera virtual o aplicación de banco que ofrezca ese servicio.
- Tarjeta de débito: La tarjeta de débito está vinculada a una cuenta bancaria. Una de sus principales características es que al momento de pagar, el monto se debita automáticamente de la cuenta relacionada. Además, te permite realizar otras operaciones a través de cajeros automáticos como consultar saldos, hacer transferencias, extraer efectivo, realizar pago de servicios, cargar saldo a tu tarjeta SUBE. Todos los comercios, empresas, profesionales, monotributistas que realicen operaciones con consumidores finales deben aceptar el pago con tarjeta de débito.
- Tarjeta de crédito: los fondos a utilizarse al momento de hacer una compra no deben estar depositados previamente. Este importe puede ser cancelado total o parcialmente y la deuda pendiente acumula intereses.
Cuando se utiliza la opcion de cuenta corriente?
Buenas noches. Tengo un cliente que vende en su pagina web a traves de Uala, mi pregunta es si en medio de venta ponen tarjeta de credito o debito segun corresponda o ponen otro? Porque Uala no te permite ver los datos de la tarjeta y la afip te los pide para utilizar esa condicion de venta. Gracias
Hola Belen. tengo exactamente la misma duda despues de un año. como hiciste? gracias!
consulta, si elijo efectivo en cuanto el pago se realizo via transferencia banacaria tengo que realizar nota de credito a todas estas facturas emitidas asi? en la factura confeccionada.
Bueno, me respondieron lo siguiente:
Le informamos que, debido a la imposibilidad sistemica de informar la condicion de venta correspondiente, se debera seleccionar la opcion “Cuenta Corriente” en estos casos.
De este modo, servicio validara de forma corecta el importe de $43.010 indicado en la RG 4444/2019.
Copio la consulta que había enviado a AFIP, que se ve que no se publicó:
Según RG 4444/2019 no es necesario identificar al receptor de la factura cuando el monto es menor a $43010 y el pago se realiza por medio electrónico autorizado según normativa del BCRA.
Al respecto, el BCRA incluye al Débito Inmediato (DEBIN), el Pago Electrónico Inmediato (PEI) y los Pagos con Transferencia, entre otros, como medios electrónicos autorizados (https://www.bcra.gob.ar/mediospago/politica_pagos.asp).
Ninguno de estos medios de pago figuran como “Condiciones de venta” en el servicio “Comprobantes en línea” de AFIP. Sin embargo, si se elige la opción “Otra”, el límite de facturación para receptores sin identificar desciende a $21505.
¿Qué condición de venta debo seleccionar ante estos tipos de medios de pago electrónicos autorizados para poder facturar hasta $43010 en casos donde no sea posible identificar al receptor como indica la RG 4444/2019?
Increible que siga estando mal esto en el sitio de la AFIP. Seguramente lo hacen con intencionalidad.