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F. 1357 – Versión 4.0. Liquidación de Impuesto a las Ganancias – 4ta. Categoría Relación de Dependencia

Liquidación de Impuesto a las Ganancias – 4ta. Categoría Relación de Dependencia F. 1357 – Versión 4.0.

El F. 1357 – “Liquidación de Impuesto a las Ganancias – 4ta. Categoría Relación de Dependencia” -, resultará de aplicación obligatoria para las liquidaciones anuales del año fiscal 2020 y siguientes, y finales e informativas del período fiscal 2021 y siguientes que se presenten a partir del 1° de marzo de 2021.

Aquellas presentaciones correspondientes a liquidaciones finales / informativas de los meses de enero a marzo de 2021 inclusive, se considerarán en término si se exteriorizan antes del 30 de abril de 2021.

Recordemos que: El F. 1357 es obligatorio para la liquidación anual con importe bruto de las rentas igual o mayor a $1.500.000.

Manual para la generación de las DD.JJ Anuales desde el año 2020, e Informativas y Finales desde el año 2021.

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