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Empleados de Comercio Escala Salarial Noviembre 2024.

Empleados de Comercio, se acuerda incrementar, en forma escalonada y por un total que asciende al 5 % las remuneraciones básicas del C.C.T. 130/75.

El mencionado incremento del 5% se abonará en forma de asignación no remunerativa (art. 6, ley 24.241), en su valor nominal y no acumulativamente, de acuerdo con lo siguiente:

Todos los incrementos porcentuales se liquidarán conforme las escalas básicas convencionales correspondientes al mes de octubre de 2024 con más los incrementos de carácter no remunerativos a dicha fecha, las cuales se adjuntan y forman parte integrante de la presente.

Los incrementos aquí pactados, mientras mantengan su condición de no remunerativos se abonarán bajo la denominación “Incremento No Remunerativo – Acuerdo Noviembre de 2024”, en forma completa o abreviada.

Los importes no remunerativos pactados por el presente acuerdo deberán ser tomados en cuenta para el cálculo del adicional presentismo (art. 40 del C.C.T. 130/75) y antigüedad (art. 24 del C.C.T. 130/75), liquidándose bajo la denominación “Acuerdo Noviembre 2024 No Remunerativo Presentismo” y Acuerdo Noviembre No Remunerativo Antigüedad”, respectivamente.

Empleados de Comercio Escala Salarial Noviembre 2024

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