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Empleados de Comercio Escala Salarial Noviembre 2024.

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Empleados de Comercio, se acuerda incrementar, en forma escalonada y por un total que asciende al 5 % las remuneraciones básicas del C.C.T. 130/75.

El mencionado incremento del 5% se abonará en forma de asignación no remunerativa (art. 6, ley 24.241), en su valor nominal y no acumulativamente, de acuerdo con lo siguiente:

  • un 2,5% a partir del mes de noviembre de 2024,
  • un 2,5% a partir del mes de diciembre de 2024.

Todos los incrementos porcentuales se liquidarán conforme las escalas básicas convencionales correspondientes al mes de octubre de 2024 con más los incrementos de carácter no remunerativos a dicha fecha, las cuales se adjuntan y forman parte integrante de la presente.

Los incrementos aquí pactados, mientras mantengan su condición de no remunerativos se abonarán bajo la denominación “Incremento No Remunerativo – Acuerdo Noviembre de 2024”, en forma completa o abreviada.

Los importes no remunerativos pactados por el presente acuerdo deberán ser tomados en cuenta para el cálculo del adicional presentismo (art. 40 del C.C.T. 130/75) y antigüedad (art. 24 del C.C.T. 130/75), liquidándose bajo la denominación “Acuerdo Noviembre 2024 No Remunerativo Presentismo” y Acuerdo Noviembre No Remunerativo Antigüedad”, respectivamente.

Empleados de Comercio Escala Salarial Noviembre 2024

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