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Empleado de Comercio Rama Turismo CCT 547/08. Acuerdo y escalas a partir de abril 2022

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Las partes pactan otorgar incrementos salariales uniforme no remunerativos que será de aplicación a todas las empresas y/o establecimientos y a todos los trabajadores y/o trabajadoras comprendidas en el ámbito del CCT 547/08.conforme las siguientes pautas:

  • Incrementar a partir del mes de abril del 2022 un 9% no remunerativo sobre las escalas de las remuneraciones básicas del CCT N° 547/08 y que
    comprenderá a todas las empresas y/o establecimientos y a todos los trabajadores comprendidos en el mismo.
  • Se tomará como base de cálculo para la aplicación de dicho incremento, la suma resultante de la escala salarial de básicos convencionales correspondiente para cada categoría, en el valor expresado para el mes de julio 2022.

Descargar (PDF, 1.49MB)

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