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El Plan de Pago de Deuda Previsional es ley

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La Cámara de Diputados del Congreso de la Nación convirtió en ley el Plan de Pago de Deuda Previsional. Con este nuevo plan de pago las argentinas y argentinos que no llegan a cumplir los 30 años de aportes requeridos, podrán regularizar su deuda previsional y acceder a la jubilación.

“Celebramos que finalmente los diputados y diputadas votaron esta ley tan importante y esperada por miles de familias y miles de trabajadoras y trabajadores argentinos que la necesitaban para poder jubilarse”, indicó tras la sanción de la ley la directora ejecutiva de la ANSES, Fernanda Raverta.

En este sentido, resaltó: “Vamos a estar recibiendo con alegría a las miles de personas que durante estos meses vinieron a las oficinas de ANSES de todo el país para poder jubilarse y no lo podían hacer porque nos faltaba esta ley”.

En qué consiste el Plan de Pago de Deuda Previsional

El Plan de Pago de Deuda Previsional consiste en la regularización de deuda de aportes previsionales que tienen las personas.

Quiénes pueden acceder

Personas que ya alcanzaron la edad jubilatoria

Mujeres de 60 años o más y varones de 65 años o más que no cuentan con los 30 años de aportes requeridos.

Personas que aún no alcanzaron la edad jubilatoria

Mujeres de entre 50 y 59 años y varones de entre 55 y 64 años que ya saben que, al cumplir la edad para jubilarse, no contarán con los 30 años de aportes requeridos.

Qué períodos se podrán regularizar en el Plan de Pago de Deuda Previsional 

Quienes ya alcanzaron la edad jubilatoria

  • Podrán regularizar períodos faltantes hasta diciembre de 2008 inclusive.
  • Podrán cancelar estos períodos en cuotas mensuales que se descuentan de la jubilación.
  • El Plan de Pago de Deuda Previsional es incompatible con otras moratorias previsionales que no se hayan saldado antes del 31 de diciembre de 2021.

Quienes aún no alcanzaron la edad jubilatoria

  • Podrán regularizar períodos faltantes hasta el 31 de marzo de 2012 inclusive.
  • Las personas podrán identificar los períodos de aportes a regularizar y cancelarlos de acuerdo a sus posibilidades.

Fuente: www.anses.gob.ar/el-plan-de-pago-de-deuda-previsional-es-ley

Jubilacion

6 comments

  1. horacio 22 marzo, 2023 at 08:52 Responder

    buen dia. tengo 66 años.me dieron la PUAM a los 65, por no completar los 30 años de aportes.
    puedo tramitar la jubilación con este nuevo plan de pago?

  2. Gallo Rosa natividad 4 marzo, 2023 at 08:23 Responder

    Buenos días Yo tengo 55 años.. y no tengo aportes.trabajo en casas particulares me podré jubilar? cuando cumpla la edad? Soy dé Tucumán

  3. Lilian 4 marzo, 2023 at 06:38 Responder

    hola soy extranjera con 29 años en el país y 4 hijas argentinas y un nieto mí cargo la moratoria dura dos años puedo el año que viene jubilarme??

  4. Lucía 4 marzo, 2023 at 01:44 Responder

    Buenos días! Soy Lucía de STA Rosa de Calamuchita Córdoba. Quisiera saber cómo me puedo anotar en la nueva moratoria. Cumplí 58 años en Diciembre.
    Me gustaría tener un asesoramiento. Sí tuviera que viajar a BS.AS. Sería cuestión de coordinar.
    Desde ya muchísimas gracias,!!!
    Lucía

  5. Rosa beatriz Ruiz Díaz 3 marzo, 2023 at 23:21 Responder

    buenas noches, tengo una pensión no contributiva y quiero pasar a una jubilación, me faltan 5 años de aporte, los otros días leí que los pensionados pasan automáticamente a jubilarse sin pagar la deuda es verdad ?

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