El costo de no tener Posnet podría elevarse hasta un máximo de $ 110.000 en Provincia de Buenos Aires para aquellos contribuyentes que incumplieran con la ley 27.2753.
La obligación de aceptar como medio de pago las tarjetas de débito o prepagas mediante el uso de terminales Posnet nace de la ley 27253 de régimen de reintegro por compras en comercios de venta minorista. (Esta ley fue modificada recientemente por la Ley 27467 , aclarando que aplica a todos los contribuyentes que realicen venta de cosas muebles en forma habitual, presten servicios, realicen obras o efectúen locaciones de cosas muebles, en todos los casos a sujetos que -respecto de esas operaciones- revisten el carácter de consumidores finales).
Pese a esto hay muchos pequeños comercios y profesionales que todavía se resisten a su uso, en parte por el costo, no solo el de instalación sino también por las comisiones que les cobran a los usuarios.
Sin embargo al tomar la decisión de no ofrecerle al cliente la posibilidad de abonar con tarjeta de débito o prepaga pocos ponen del otro lado de la balanza cual sería el costo a afrontar si este incumplimiento fuese detectado por AFIP y ahora también por ARBA.
Sanciones por parte de AFIP
La AFIP y la Secretaría de Comercio, dependiente del Ministerio de Producción, se encuentran facultadas para proceder indistintamente a comprobar y verificar el cumplimiento de la ley, resultando de aplicación ante su incumplimiento lo dispuesto en el artículo 40 de la ley 11683.
Esto es, clausura de 2 (dos) a 6 (seis) días y multas de $ 300 a $ 30.000
El mínimo y el máximo de las sanciones de multa y clausura se duplicarán cuando se cometa otra infracción de las previstas en este artículo dentro de los DOS (2) años desde que se detectó la anterior.
Sanciones por parte de ARBA
ARBA modificó el Art. 72 de su Código Fiscal Ley 15079 a partir del año 2019 estableciendo que serán pasibles de una multa de $80.000 y de la clausura de cuatro (4) a diez (10) días, de sus establecimientos comerciales, industriales, agropecuarios o de servicios, quienes no cuenten con los dispositivos necesarios en cumplimiento del Título II de la Ley 27253.
Para estos controles tanto AFIP como ARBA se apoyaran en buena parte en las denuncias que realicen los propios consumidores ante la falta de terminales POSNET como medio de pago.
En el caso de AFIP ofrece realizar la denuncia mediante el código QR que figura en el “Formulario 960 – Data fiscal” del local, el cual deberá ser escaneado con el celular.
ARBA por otro lado creo directamente una opción en su página web para realizar las denuncias por evasión cuando el comercio no posee medios electrónicos de pago.
Otras sanciones que pueden llegar a aplicarse en caso de denuncia.
Sanciones Ley Defensa del consumidor
La ley 24240 de defensa del consumidor también contiene cláusulas que regulan la relación de consumo entre el proveedor y el consumidor o usuario.
Se considera consumidor a la persona física o jurídica que adquiere o utiliza, en forma gratuita u onerosa, bienes o servicios como destinatario final, en beneficio propio o de su grupo familiar o social. No están comprendidos en esta ley los servicios de profesionales liberales que requieran para su ejercicio título universitario y matrícula otorgada por colegios profesionales reconocidos oficialmente o autoridad facultada para ello, pero sí la publicidad que se haga de su ofrecimiento.
Ante incumplimiento pueden aplicarse independiente o conjuntamente, según resulte de las circunstancias del caso:
a) Apercibimiento.
b) Multa de $ 100 a $ 5.000.000.
c) Decomiso de las mercaderías y productos objeto de la infracción.
d) Clausura del establecimiento o suspensión del servicio afectado por un plazo de hasta 30 días.
e) Suspensión de hasta 5 años en los registros de proveedores que posibilitan contratar con el Estado.
f) La pérdida de concesiones, privilegios, regímenes impositivos o crediticios especiales de que gozare.