Se aprueba el Manual de Procedimiento “Régimen Detracción mensual en el cálculo de las contribuciones patronales para empleadores de los Sectores Textil, de Confección, de Calzado y de Marroquinería.
Los empleadores comprendidos en los decretos 1.067 “Sectores Textil, de Confección, de Calzado y de Marroquinería”, aplicarán la detracción considerando el 100% del importe $ 17.509,20 el cual no tiene actualización desde que en 2019 la Ley 27.541 estableció que ese importe quedaba fijo. Beneficio que también poseen los sectores de salud y los del sector primario agrícola e industrial.
Sería un buen momento para ver una actualización en el monto de estas detracciones.
Sectores Textil, de Confección, de Calzado y de Marroquinería. Régimen Detracción mensual de las contribuciones patronales – Disposición 38/2024
MINISTERIO DE ECONOMÍA SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIA
DI-2024-38-APN-SSI#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 07/02/2024
VISTO el Expediente N° EX-2023-128009239- -APN-DGDMDP#MEC, las Leyes Nros. 24.156 y sus modificaciones, 27.541, los Decretos Nros. 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007 y sus modificatorios, 1.067 de fecha 22 de noviembre de 2018 y su modificatorio, las Resoluciones Nros. 162 de fecha 11 de noviembre de 2014 de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN y 127 de fecha 3 de diciembre de 2018 del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO y su modificatoria, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 1.067 de fecha 22 de noviembre de 2018 y su modificatorio, se estableció que los empleadores de los SECTORES TEXTIL, DE CONFECCIÓN, DE CALZADO Y DE MARROQUINERÍA aplicarán la detracción prevista en el Artículo 4° del Decreto N° 814 de fecha 20 de junio de 2001 y sus modificaciones, considerando el CIEN POR CIENTO (100 %) del importe de ese artículo, vigente en cada mes.
Que por medio del Artículo 22 in fine de la Ley N° 27.541 se incorporaron los beneficios otorgados en el Decreto N° 1.067/18 y su modificatorio y sus prórrogas, con los requisitos y condiciones previstos en esas normas, modificando a partir de su entrada en vigencia, la suma establecida en el referido decreto a la de PESOS DIECISIETE MIL QUINIENTOS NUEVE CON VEINTE CENTAVOS ($ 17.509,20).
Que a través de la Resolución Nº 127 de fecha 3 de diciembre de 2018 del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO y su modificatoria, se aprobó la normativa de aplicación relativa al beneficio establecido en el Artículo 1° del Decreto N° 1.067/18 y su modificatorio.
Que, conforme el Artículo 6° de la Resolución N° 127/18 del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO y su modificatoria, compete a la SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIA de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO del MINISTERIO DE ECONOMÍA, verificar el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad previstos y, en caso de corresponder, rechazar la solicitud mediante acto administrativo.
Que teniendo en cuenta lo establecido en la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y sus modificaciones y su Decreto Reglamentario N° 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007, resulta necesario la aprobación de un Manual de Procedimiento de Régimen Detracción mensual en el cálculo de las contribuciones patronales para empleadores de los Sectores Textil, de Confección, de Calzado y de Marroquinería.
Que ha tomado la correspondiente intervención la AUDITORÍA SECTORIAL DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO de la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, de acuerdo con las Normas Generales de Control Interno y mediante la aplicación de procedimientos particulares de auditoría establecidos por la Resolución N° 162 de fecha 11 de noviembre de 2014 de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN “Pautas para la intervención por parte de las Unidades de Auditoría Interna en la aprobación de reglamentos y manuales de procedimientos” y que la misma se expidió favorablemente como resultado de su intervención.
Que ha tomado intervención el servicio jurídico competente.
Que la presente medida se dicta conforme las atribuciones conferidas por el Artículo 6° de la Resolución N° 127/18 del ex MINISTERIO DE PRODUCCION Y TRABAJO y su modificatoria.
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE INDUSTRIA
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Manual de Procedimiento “Régimen Detracción mensual en el cálculo de las contribuciones patronales para empleadores de los Sectores Textil, de Confección, de Calzado y de Marroquinería” que, como IF-2024-11612575-APN-DEYPI#MEC forma parte integrante de la presente disposición.
ARTÍCULO 2°.- La presente medida entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Javier Ignacio Cardini
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 09/02/2024 N° 5642/24 v. 09/02/2024
Fecha de publicación 09/02/2024