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DECLARACIÓN EN LÍNEA OBLIGATORIO HASTA 200 EMPLEADOS. ¿PARA QUE SEGUIR ACTUALIZANDO EL SICOSS? RG (AFIP) 3758/15

A partir del período devengado abril de 2015 será obligatorio para presentar el F. 931 original o rectificativa la utilización del sistema “Declaración en Línea” para los empleadores que registren hasta 200 empleados, aunque con posterioridad la nómina disminuya a 200 trabajadores o menos, el uso de este sistema seguirá siendo obligatorio.
Incluso su utilización es optativa para los empleadores que registren entre 201 y 300 trabajadores.
Creo que esto deja afuera de la obligación de utilizar el SICOSS a la mayoría de nuestros clientes (por no decir a todos), por lo que cuando se publico la Versión 39 del SICOSS empecé a cuestionarme si tenia sentido seguir manteniendo actualizado un aplicativo que ya no voy a utilizar mas, pero después de pensarlo un momento decidí continuar actualizándolo, ¿Por qué?:
1. Porque para mis clientes que no pagan con VEP, utilizo el SICOSS para generar el Volantes de pagos de los conceptos del F. 931 que no pueden incluirse en Plan de Facilidades. Esta es la única forma que encontré para que los puedan pagar en el banco. ¡El formulario 801/E ya no lo toman mas! Y a través de “Declaración en Línea” no se puede generar.
2. Si la pagina de AFIP sigue funcionando tan mal, quizás vuelva a ser una buena idea importar directamente desde el SICOSS a “Declaración en Línea”. Yo deje de hacerlo porque consideraba que evitaba posibles errores al cargar los datos del empleado en el F. 931, pero creo ahora ahorraría tiempo. Además si uno quiere cargar los datos en el aplicativo “Declaración en Línea” y no presentarlo tiene 2 problemas: 1º. Imprimir el F. 931 correctamente es imposible sale cortado (si alguien le encontró la solución que la comparta!) 2º. Si AFIP llega a sacar una versión nueva una vez cargado y antes de presentarlo (en “Declaración en Línea” se cargan en forma automática), lamentablemente hay que volver a cargar todos los datos, ya que el sistema no reconoce la información cargada con la versión anterior como valida.
¿Ustedes que decidieron hacer?
Pueden bajar la versión 39 del SICOSS desde http://www.afip.gob.ar/Aplicativos/seguridadSocial/Version39.0.asp

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