Hoy nos encontramos con la novedad que varios monotributistas que fueron excluidos de pleno derecho e inscriptos de oficio en forma retroactiva, volvieron a su condición de monotributistas en los registros de AFIP.
¿El motivo? Nadie lo sabe (lamentablemente no hubo ninguna comunicación por parte del organismo) pero al consultar el Sistema Registral nos encontramos que la fecha de actualización es del periodo 30-12-2015 y el contribuyente que ya a esta altura esta sufriendo una crisis de identidad figura con “BAJA DEFINITIVA” en el Impuesto a las Ganancias, IVA y Autónomos.
– Aquellos contribuyentes que fueron excluidos en el periodo 8-2015 (antes de la Recategorizacion) van a encontrar que en la “CCMA – Cta. Cte. Monotributistas y Autónomos” el contribuyente figura con la categoría anterior, lo que puede generar saldos a favor o a pagar dependiendo el caso. Además de figurar el periodo 1-2016 como adeudado (el cual hasta que se aclare la situación yo no pagaría).
– El servicio “Monotributo – Excluidos de pleno derecho” volvió a habilitar la opción para presentar el Recurso de Apelación.
– En este momento el contribuyente solo puede emitir Facturas “C”. Aunque hasta ayer estuvo emitiendo facturas “A”, situación que genera incertidumbre sobre como facturar.
Mi opinión: No creo que sea una vuelta atrás con la exclusión, creo que con el objetivo de permitirle a los contribuyentes presentar el Recurso de Apelación en los plazos legales que corresponden, el sistema fue forzado a volver a la situación anterior (ya que es imposible que ambos situaciones coexistan).
Lamentablemente aquellos que ya liquidaron el IVA de los periodos retroactivos, solicitaron facturas “A” y comenzaron a facturar, hoy están en el medio de una situación que no solo genera incertidumbre sino que además perjudica el giro normal del negocio.
Esperemos que lo solucionen a la brevedad. Si alguno tiene novedades sobre el tema lo invito a compartirlas.