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Convenio Multilateral Jurisdicción Cordoba. Modificaciones año 2012. Ley 10012.

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Aquellos contribuyentes que esten dentro del Convenio Multilateral y tengan abierta la jurisdicción en la Provincia de Cordoba, deberán a partir del año 2012 y por 4 años realizar un aporte destinado a integrar el Fondo para el Financiamiento del Sistema Educativo de la Provincia de Córdoba (Ley 9870).
Los contribuyentes del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos Locales y de Convenio Multilateral, lo calcularán aplicando el 5% sobre el citado impuesto determinado, o el mínimo previsto en la Ley Impositiva en caso de corresponder, para cada anticipo mensual.
Este importe podrá ser compensado por los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos en forma automática en la correspondiente declaración jurada mensual, con retenciones, percepciones, recaudaciones, saldos favorables ya acreditados y/u otros pagos a cuenta provenientes, en todos los casos, del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
Los coontribuyentes de Convenio Multilateral deberán declarar el aporte del 5% como concepto “Adicional” del rubro “Otros Débitos” del aplicativo SIFERE.

SIFERE

17 comments

  1. Anonymous 16 mayo, 2012 at 19:00 Responder

    hola como estan? quería saber por favor cual es la alícuota que debo aplicar para para liquidar ingresos bruutos de jurisdiccion Cordoba estoy agrupada en las industrias manufactureras según mi código de actividad

  2. Anonymous 29 marzo, 2012 at 14:16 Responder

    Hola, quería preguntar si se debe pagar este importe del fondo aunque uno no sea de Córdoba, la empresa donde trabajo es de Santa Fe, estamos en Convenio y una de las jurisdicciones es Córdoba, pero me parece injusto que le debamos pagar un fondo para la educación a una provincia que no es la nuestra. Muchas gracias.

  3. Carla 22 marzo, 2012 at 17:18 Responder

    Carolina,
    No encontre en la norma que establezca un minimo.
    Al ser un % sobre el impuesto determinado, si el mismo es 0 el adicional a pagar tambien deberia serlo.

  4. Carolina 22 marzo, 2012 at 17:12 Responder

    Buenas tardes Carla. Atento a este nuevo aporte tengo dudas si existe un minimo. Consulté telefonicamente a Rentas de Córdoba y me dijeron que no, pero no me lo confirmaron con mucha seguridad. Tenes idea si hay un minimo previsto? De no haber minimo entonces en los meses que no actividad no se abonaria nada. Gracias!!!

  5. Anonymous 14 marzo, 2012 at 17:43 Responder

    Hola!,gracias por este blog es genial. Queria consultarles de donde sale el porcentaje para realizar el calculo, muchas gracias

  6. tomas 17 febrero, 2012 at 13:09 Responder

    Muchas gracias pero aclara el 5 % del imp determinado en Cordoba o el minimo previsto por ley , cual seria el minimo previsto ? disculpa las molestias y muchas gracias

  7. tomas 16 febrero, 2012 at 18:06 Responder

    Hola que tal disculpen la molestia, queria saber si el 5 % adicional es sobre el imp determinado para Cordoba ( lo cual yo lo entiendo asi ) o el imp determinado grl de la persona !
    desde ya muchas gracias y espero su respuesta

  8. Anonymous 14 febrero, 2012 at 18:42 Responder

    Muchas gracias por la información. Sumamente útil. Tengo clientes inscriptos en las 24 jurisdicciones, es casi imposible estar actualizados al día con las 24!. Gracias nuevamente!

  9. Anonymous 13 febrero, 2012 at 18:36 Responder

    Carla, vos sabés que estoy en el SIFERE y no veo lugar donde introducir esto, más que en el campo AJUSTE de la “Declaración de Actividades” (pero se incrementa la base imponible)

    Vos pudiste implementar esto? Mil gracias!
    (te dejo mi mail por las dudas
    gaston@cxd.com.ar)

  10. Carla 13 febrero, 2012 at 16:53 Responder

    Gaston,
    Te entiendo perfectamente, es sumamente dificil estar alerta de todas las modificaciones a nivel provincial, sobre todo si liquidas convenio multilateral y tenes muchas jurisdicciones abiertas.
    Me alegra que sirva!

  11. Gaston 13 febrero, 2012 at 16:48 Responder

    Excelente el aporte!!
    Justo estoy revisando alícuotas de Convenio, y se me había pasado esto!!

    Me resulta cada vez más complejo mantenerme al tanto de estas modificaciones… Me ahorraste un par largo de rectificativas 😉

    Gracias!

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