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¿Cómo se calculan los anticipos de Bienes Personales período 2020? Respuesta de AFIP

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¿Cómo se calculan Anticipos?

AFIP publicó respuesta sobre la metodología de cálculo de los anticipos de Bienes Personales para el período 2020.

ID 25605558
¿Cómo se calculan los anticipos del Impuesto sobre los Bienes Personales correspondientes al período fiscal 2020?
14/08/2020 12:00:00 a.m.

Ante las dudas planteadas con relación al cálculo de los anticipos del impuesto sobre los bienes personales correspondientes al período fiscal 2020, se aclara que los mismos se encuentran determinados conforme el artículo 22 de la RG AFIP 2151; es decir aplicando el 20% sobre el monto del impuesto determinado en el período fiscal inmediato anterior a aquél al que corresponderá imputarlos, detraída – de corresponder – la suma computada como pago a cuenta de los gravámenes similares pagados en el exterior.

Sin perjuicio de ello, si el contribuyente considera que la suma a ingresar en concepto de anticipos superará el importe definitivo de la obligación del período fiscal al cual deban imputarse, podrá optar por efectuar los citados pagos a cuenta por un monto equivalente al resultante de la estimación que practique – Régimen opcional de anticipos – Capítulo B de la citada norma -.

Finalmente, se deja constancia que el cálculo de los anticipos es único e igual para todos los contribuyentes, no tomando en consideración hechos futuros (vgr. repatriación de activos en el exterior, depósito en cuentas exentas de dinero en efectivo, donación de bienes gravados, entre otros).

Fuente: SDGREC y SDGTLI

Anticipos

5 comments

  1. EDUARDO CAO 24 junio, 2021 at 09:00 Responder

    Hola
    hice la repatriaciòn de bienes para el impuesto de bienes personales de 2019 pero dejè el dinero depositado en la cuenta de repatriaciòn . Puedo considerar que vale para 2020?’

  2. Olga Xelembrini 6 abril, 2021 at 12:18 Responder

    Buen día, Presente la liquidación de bienes personales el 08/2020 para el periodod2019 y me arrojo un importe de $29000 el que pague en su totalidad en Agosto de 2020.
    El dia 5/03 me intiman por pagos atrasados por un importe de 29000 – mas intereses- por adelantos del impuesto correspondiente al 2020 que todavía no presente y no solicite ese adelanto.
    Puedo hacer algún descargo para no tener que pagar intereses si no solicite el pago de esos adelantos?
    Muchas gracias por la respuesta.
    Saludos

  3. Gisela 16 septiembre, 2020 at 11:02 Responder

    Hola Gustavo; el Impuesto determinado corresponde al Año 2019, al cual podrías detraerle del monto a pagar los anticipos ya abonados por el período 2019. Ahora bien, los anticipos que te determina son para el Año 2020. Es decir, que vas a poder tomarlos contra el impuesto determinado del año 2020.
    Saludos

  4. Gustavo 3 septiembre, 2020 at 15:49 Responder

    Hola
    Quería hacerles una consulta. Presenté Bienes Personales y me dio un impuesto determinado de 33.781,12, y anticipos por 6.756,22. Debo pagar solo los 5 anticipos o los anticipos y también el impuesto determinado?
    Gracias

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