Los monotributistas que al 21/8/2019 hayan cumplido con el pago del impuesto de enero a agosto de 2019 gozarán en septiembre 2019 de la bonificación de la cuota del impuesto integrado.
Este beneficio es parte de las medidas económicas tomadas por el gobierno y fue reglamentada por la RG 4556/19 y posibilita que el pequeño contribuyente únicamente deba ingresar, en caso de corresponder, en el período septiembre de 2019, las cotizaciones previsionales de la obligación de pago mensual.
¿Cómo saber si le corresponde la bonificación de septiembre 2019 en el Monotributo?
La RG 4556 indica que AFIP emitirá una comunicación a aquellos pequeños contribuyentes alcanzados por el beneficio, a través del domicilio fiscal electrónico.
Sin embargo (y aunque la comunicación todavía no llegó) ya podemos verificar si un monotributista posee el beneficio para el mes de septiembre 2019, ya que AFIP a incorporado la caracterización 431 en el sistema registral, que permite conocer si un monotributista posee la “Bonificación del Impuesto Integrado Monotributo” para septiembre 2019.
¿Cómo pagar el componente previsional de septiembre 2019?
A partir del 6 de septiembre se podrá realizar el pago bonificado desde el portal monotributo. Si ingresan hoy todavía se visualiza el importe completo del monotributo, es decir el componente impositivo y la cotización previsional.
Para aquellos contribuyentes monotributistas que cancelan la obligación en forma presencial en las entidades de cobro habilitadas, AFIP a publicado un instructivo con las formas de cancelar la obligación en septiembre 2019 (aplica solo para aquellos que pagan el componente previsional).
INSTRUCTIVO CANCELACIÓN MONOTRIBUTO 9/2019
Habiendo sido beneficiado por la bonificación de la obligación del Impuesto 20 del período fiscal 09/2019, si abonas este período en forma presencial en las entidades de cobro habilitadas, podrás:
A.- Si concurrís con la Credencial, al exhibir el CUR deberás solicitar al cajero que edite el importe asociado al impuesto 20 consignando importe 0. Si el banco no pudiera hacerlo deberás seguir lo indicado en el punto B)
B.- Confeccionar un F.155 por cada uno de los impuestos que se pretenda cancelar, a saber:
1. Componente Nacional
1.1
Impuesto 021 (previsional)
Concepto 019
Subconcepto 078
1.2
Impuesto 024 (obra social)
Concepto 019
Subconcepto 078
2. Componente Provincia de Córdoba
2.1 Provincial
Impuesto 5243
Concepto 019
Subconcepto 078
2.2 Municipal y/o comunal
Impuesto 5244
Concepto 019
Subconcepto 078
3. Componente Provincia de Mendoza
3.1 Provincial
Impuesto 5445
Concepto 019
Subconcepto 078
3.2 Municipal y/o comunal
Impuesto 5446
Concepto 019
Subconcepto 078
4. Componente Provincia de San Juan
4.1 Provincial
Impuesto 5556
Concepto 019
Subconcepto 078
4.2 Municipal y/o comunal
Impuesto 5557
Concepto 019
Subconcepto 078
5. Componente Provincia de Jujuy
5.1 Provincial
Impuesto 5578
Concepto 019
Subconcepto 078
5.2 Municipal y/o comunal
Impuesto 5579
Concepto 019
Subconcepto 078