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¿CÓMO SABER SI AFIP TE VA A BONIFICAR EL MONOTRIBUTO DE SEPTIEMBRE 2019?

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Los monotributistas que al 21/8/2019 hayan cumplido con el pago del impuesto de enero a agosto de 2019 gozarán en septiembre 2019 de la bonificación de la cuota del impuesto integrado.

Este beneficio es parte de las medidas económicas tomadas por el gobierno y fue reglamentada por la RG 4556/19 y posibilita que el pequeño contribuyente únicamente deba ingresar, en caso de corresponder, en el período septiembre de 2019,  las cotizaciones previsionales de la obligación de pago mensual.

¿Cómo saber si le corresponde la bonificación de septiembre 2019 en el Monotributo?

La RG 4556 indica que AFIP emitirá una comunicación a aquellos pequeños contribuyentes alcanzados por el beneficio, a través del domicilio fiscal electrónico.

Sin embargo (y aunque la comunicación todavía no llegó) ya podemos verificar si un monotributista posee el beneficio para el mes de septiembre 2019, ya que AFIP a incorporado la caracterización  431 en el sistema registral, que permite conocer si un monotributista posee la “Bonificación del Impuesto Integrado Monotributo” para septiembre 2019.



¿Cómo pagar el componente previsional de septiembre 2019?

A partir del 6 de septiembre se podrá realizar el pago bonificado desde el portal monotributo. Si ingresan hoy todavía se visualiza el importe completo del monotributo, es decir el componente impositivo y la cotización previsional.

Para aquellos contribuyentes monotributistas que cancelan la obligación en forma presencial en las entidades de cobro habilitadas, AFIP a publicado un instructivo con las formas de cancelar la obligación en septiembre 2019 (aplica solo para aquellos que pagan el componente previsional).

INSTRUCTIVO CANCELACIÓN MONOTRIBUTO 9/2019

Habiendo sido beneficiado por la bonificación de la obligación del Impuesto 20 del período fiscal 09/2019, si abonas este período en forma presencial en las entidades de cobro habilitadas, podrás:

A.- Si concurrís con la Credencial, al exhibir el CUR deberás solicitar al cajero que edite el importe asociado al impuesto 20 consignando importe 0. Si el banco no pudiera hacerlo deberás seguir lo indicado en el punto B)

B.- Confeccionar un F.155 por cada uno de los impuestos que se pretenda cancelar, a saber:

1. Componente Nacional

1.1
Impuesto 021 (previsional)
Concepto 019
Subconcepto 078
1.2
Impuesto 024 (obra social)
Concepto 019
Subconcepto 078

2. Componente Provincia de Córdoba

2.1 Provincial
Impuesto 5243
Concepto 019
Subconcepto 078
2.2 Municipal y/o comunal
Impuesto 5244
Concepto 019
Subconcepto 078

3. Componente Provincia de Mendoza

3.1 Provincial
Impuesto 5445
Concepto 019
Subconcepto 078
3.2 Municipal y/o comunal
Impuesto 5446
Concepto 019
Subconcepto 078

4. Componente Provincia de San Juan

4.1 Provincial
Impuesto 5556
Concepto 019
Subconcepto 078
4.2 Municipal y/o comunal
Impuesto 5557
Concepto 019
Subconcepto 078

5. Componente Provincia de Jujuy

5.1 Provincial
Impuesto 5578
Concepto 019
Subconcepto 078
5.2 Municipal y/o comunal
Impuesto 5579
Concepto 019
Subconcepto 078



52 comments

  1. Matias 25 septiembre, 2019 at 12:09 Responder

    Chicos .. tengo un cliente que no tuvo el beneficio y tiene todo al dia desde el 2018 .. que me recomiendan que haga ? como procedo para darle una respuesta al cliente de que porque no obtuvo el beneficio ?

  2. Fernando R 18 septiembre, 2019 at 07:14 Responder

    Hola Carla!
    Tengo varios monotributistas a los cuales no les llego el beneficio, ni estan dentro de las caracterizaciones y tienen pagado el periodo Enero a Agosto…Te ha pasado con alguno?
    Sabes a que puede responder?
    Gracias
    Saludos

  3. Maru 17 septiembre, 2019 at 22:20 Responder

    Hay varios contribuyentes que pagaron en fecha de enero a agosto 2019, antes del 21/08 (todos en fecha sin interés pendiente), y sin embargo no les aplicaron el beneficio, no les llego la notificación ni figura la caracterización ni compensación de la parte impositiva.
    Alguien tuvo mismo caso!? hice consulta web y me dijeron que haga el reclamo en asistencia al ciudadano. Lo hice pero aún está pendiente de resolución.
    Gracias!!!!

  4. MABEL GUTIERREZ 17 septiembre, 2019 at 09:32 Responder

    Buen día, tengo que dar la baja a un monotributista excluido por pleno derecho en 08/2019. lo que me aparece es lo siguiente:
    Excluido por causal Art.21, Anexo Ley 24.977

    En éste caso que no aparece la leyenda:
    Para dar de baja el impuesto 20-MONOTRIBUTO debe previamente darse de baja en la caracterización 431-BONIFICACION IMP. INTEGRADO MONOTRIBUTO.

    Qué pasos debo seguir? Y otra consulta: si la exclusión es en 08/2019 la baja en su defecto es en esa fecha o un mes anterior? Y el alta en RG en 08/2019?

    Muchas Gracias

  5. COnrado 10 septiembre, 2019 at 21:36 Responder

    hola, soy monotributista, tengo todos los pagos mensuales desde 01/9 al 08/19 al dia y pagos en termino. Ademas, en cta corriente no me aparece ningun pago/ deuda pendiente. No me aparece la exención del componente impositivo al querer generar el VEP para el pago de la cuota de Septiembre. Efecue un reclamo en la web de AFIP y aun no me contestaron nada? Que hago ? deberían sacármelo de manera automática, pero me sigue apareciendo ese componente impositivo. Le habra pasado a mas contribuyentes, que aun no les llego la exención? muchas gracias !

  6. Eduardo Ruben 10 septiembre, 2019 at 13:25 Responder

    Hola Carla,
    El 30 de agosto 2019 intenté darme de baja MONOTRIBUTO. Mi caso es como los precedentes: no fue posible técnicamente por BONIFICACIÓN 431. Soy categoria B, no estoy adherido al débito automático. Estoy perfectamente al dia con el pago del Monotributo. No puedo hacer un trámite presencial en AFIP para con Multinota dar de baja al 431 a causa de distancia.
    En qué fecha en septiembre o en octubre deberé intentar via WEB dar de baja por CESE…sin antes dar de baja al 431? Tendré que pagar el mes de SEPTIEMBRE? Tendré que pagar el mes de Octubre?
    Otra pregunta: hace tiempo pagué por error 2 veces el mismo mes, si solicito recuperar una parte para pagar menos el es septiembre hay riesgo que se trabe todo y no pueda darme de baja al Monotributo por CESE lo antes posible? Muchas gracias Eduardo

  7. Diego 6 septiembre, 2019 at 10:12 Responder

    Alguien intento dar de baja un monotributista en estos dias? no deja hacerlo porque hay que dar de baja la caracterizacion 431 bonificacion impuesto integrado.

    • Carla Lombardi 7 septiembre, 2019 at 14:05 Responder

      Deberá solicitar en primer lugar la baja del mencionado beneficio mediante Multinota en la dependencia en al cual se encuentra inscripto y luego podrá efectuar la baja del Régimen por Internet.

  8. Pablo 5 septiembre, 2019 at 22:42 Responder

    Para los que no tienen débito automático, una vez que hayan confirmado que les otorgaron el Beneficio fijándose en el Sistema Registral, pueden generar el VEP usando la Clave Fiscal. Por lo tanto, ya no es necesario ir al Banco, ni a un Pago Fácil ni a un Rapipago.
    Se lo pueden generar los VEPs de 2 maneras usando la clave fiscal (aunque la primera es la más corta y simple, pero por las dudas les muestro las 2):

    1) Usando el Servicio “Monotributo”.
    Hacer click en “Monotributo”.
    Una vez que hayan ingresado a Monotributo, la primera opción que aparece es “Beneficio por Cumplimiento” que tiene a la derecha un Botón Verde en el que dice “PAGAR”. Deben hacer click en ese Botón Verde en el que dice “PAGAR”.
    Luego aparecerá una pantalla en la que verán al Componente Impositivo en 0 y a los demás Conceptos con sus valores correspondientes.
    Si se deslizan hacia abajo con el mouse, encontrarán las alternativas para pagar: Tarjeta de Crédito y VEP (apareciendo las distintas opciones para generarlo: Pagomiscuentas, Link, etc). Elegir la forma de pago que corresponda y hacer click en el Botón Verde que está abajo en el que dice “PAGAR”. Con eso se generará el VEP (si es que eligen una de sus modalidades).

    2) Usando “Presentación de DDJJ y Pagos”. (Deberán generar un VEP para cada concepto. O sea que si le corresponde Pagar Autónomos y Obra Social deberán seguir los pasos 2 veces, con las únicas diferencias del Código del Impuesto y el Importe).
    Hacer click en “Presentación de DDJJ y Pagos”.
    Hacer click en el Botón “Aceptar”
    Hacer click en “Nuevo VEP” (El primero que aparece abajo de Pagos en el Bloque de la izquierda).
    – En la siguiente pantalla elegir en los Menús Desplegables:
    El CUIT del Contribuyente
    AFIP
    OTROS PAGOS (Seleccionando Impuestos)
    AFIP – OTROS PAGOS
    Hacer click en el Botón “SIGUIENTE”
    – En la siguiente pantalla:
    Al lado de Impuesto, elegir en el Menú Desplegable según corresponda “MONOTRIBUTO AUTONOMO (21)” o “MONOTRIBUTO OBRA SOCIAL (24)” (Deslizarse hasta abajo hasta que lo encuentren, tengan en cuenta que está en Orden Alfabético Ascendente).
    En Concepto elegir “OBLIGACION MENSUAL/ANUAL (19)”
    Y en Subconcepto elegir “AJUSTE (78)”
    Hacer Click en el Botón “SIGUIENTE”
    – En la siguiente pantalla elegir en los Menús Desplegables:
    09
    2019
    y escribir el Importe que corresponda usando la coma para separar enteros de decimales.
    Hacer Click en el Botón “SIGUIENTE”
    – En la siguiente pantalla, hacer click en el Botón “SIGUIENTE”.
    Por último, elegir las opción que corresponda del VEP (Pagomiscuentas, Link, etc).

    Disculpen lo extenso del mensaje. Saludos.

  9. Marcelo 5 septiembre, 2019 at 10:10 Responder

    Hola carla. Quiero dar de baja un monotributista con fecha 08-2019, sin embargo no me permite y me muestra una advertencia: “Para dar de baja el impuesto 20-MONOTRIBUTO debe previamente darse de baja en la caracterización 431-BONIFICACION IMP. INTEGRADO MONOTRIBUTO.” a alguien le paso? como puedo dar de baja esa caracterizacion.- Gracias

    • Carla Lombardi 7 septiembre, 2019 at 14:08 Responder

      Deberá solicitar en primer lugar la baja del mencionado beneficio mediante Multinota en la dependencia en al cual se encuentra inscripto y luego podrá efectuar la baja del Régimen por Internet.

  10. ricardo 5 septiembre, 2019 at 09:24 Responder

    Buen día colegas, alguien pudo dar de baja el Monotributo ya que en este momento el sistema no me deja porque tiene la bonificacion del imp integrado. Saludos

    • Carla Lombardi 7 septiembre, 2019 at 14:08 Responder

      Deberá solicitar en primer lugar la baja del mencionado beneficio mediante Multinota en la dependencia en al cual se encuentra inscripto y luego podrá efectuar la baja del Régimen por Internet.

  11. santiago 4 septiembre, 2019 at 17:51 Responder

    Hola, quiero dar de baja el Monotributo y me dice : … Para dar de baja el impuesto 20-MONOTRIBUTO debe previamente darse de baja en la caracterización 431-BONIFICACION IMP. INTEGRADO MONOTRIBUTO.
    Como doy de baja esa caracterizacion, no me aparece. Muchas gracias

    • Carla Lombardi 7 septiembre, 2019 at 14:08 Responder

      Deberá solicitar en primer lugar la baja del mencionado beneficio mediante Multinota en la dependencia en al cual se encuentra inscripto y luego podrá efectuar la baja del Régimen por Internet.

      • CRISTIAN 7 septiembre, 2019 at 22:04 Responder

        PARA PRESENTAR ESE FORMULARIO 206 ÚNICAMENTE ES DE FORMA PRESENCIAL ÚNICAMENTE?? NO SE PUEDE HACER MEDIANTE LA WEB? porque no se puede dar de baja el monotributo

          • Maru 11 septiembre, 2019 at 20:04

            Yo el mes pasado realicé un pedido de baja retroactiva de impuesto mediante MULTINOTA WEB también por un problema en caracterización y fue procedente, me dieron de baja la caracterización y así pude hacer la baja del impuesto normalmente.

          • Carla Lombardi 12 septiembre, 2019 at 09:20

            Si, porque baja retroactiva esta contemplado.
            Igualmente AFIP ya solucionó el problema y no debería inconvenientes en dar la baja desde ayer.

  12. Maria Garloz 4 septiembre, 2019 at 11:04 Responder

    Es exclusivo para quienes hayan pagado puntualmente entre enero y agosto 2019? Qué pasa si me inscribí en febrero 2019? no me aparece la condonación de la parte impositiva en CCAM y me figura como que la tengo que pagar.

  13. Virginia 4 septiembre, 2019 at 10:58 Responder

    Quiero dar de baja el monoributo y me dice que primero de de baja la caracterización 431 del Beneficio del imp integrado, peor no me sale entre las caracterizaciones, como hago para dar de baja ?

    • Carla Lombardi 7 septiembre, 2019 at 14:09 Responder

      Deberá solicitar en primer lugar la baja del mencionado beneficio mediante Multinota en la dependencia en al cual se encuentra inscripto y luego podrá efectuar la baja del Régimen por Internet.

  14. Gaston Peralta 4 septiembre, 2019 at 08:41 Responder

    Buenos días, quiero dar de baja mi monotributo con fecha 08/2019 y no me lo permite, apareciendo la siguiente leyenda “Para dar de baja el impuesto 20-MONOTRIBUTO debe previamente darse de baja en la caracterización 431-BONIFICACION IMP. INTEGRADO MONOTRIBUTO.”
    Como debo actuar en este caso? Gracias.-

    • Carla Lombardi 7 septiembre, 2019 at 14:09 Responder

      Deberá solicitar en primer lugar la baja del mencionado beneficio mediante Multinota en la dependencia en al cual se encuentra inscripto y luego podrá efectuar la baja del Régimen por Internet.

  15. Pedro 3 septiembre, 2019 at 11:24 Responder

    Para dar de baja el impuesto 20-MONOTRIBUTO debe previamente darse de baja en la caracterización 431-BONIFICACION IMP. INTEGRADO MONOTRIBUTO.

    Necesito dar de baja algunos monotributistas, no me permite por la categorización 431.
    Procedimiento para la baja?

    • Carla Lombardi 7 septiembre, 2019 at 14:09 Responder

      Deberá solicitar en primer lugar la baja del mencionado beneficio mediante Multinota en la dependencia en al cual se encuentra inscripto y luego podrá efectuar la baja del Régimen por Internet.

  16. Santiago L. 1 septiembre, 2019 at 12:45 Responder

    Hola Carla, para los que pagan por débito automático en cuenta bancaria, calculo que las entidades financieras solo debitarán los componentes previsionales 021 y 024 y en caso de corresponder los tributos locales de ingresos brutos y municipalidad. No se ha dicho nada sobre eso.

  17. Ezequiel 1 septiembre, 2019 at 10:12 Responder

    Con respecto a los Monotributastas que abonan a través del débito automático. Sabes si de forma automática les va a venir menos en Septiembre?

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