Para comunicar el alta de controladores e impresoras fiscales lo primero que hay que hacer si es un equipo usado es llevar a un servicio técnico autorizado:
– Controlador / Impresora Fiscal.
– Libro Único de Registro.
– F. 445/4 y F. 445/D con la baja del controlador.
Con todo este el técnico procede a inicializar nuevamente el controlador/impresora fiscal a nombre del nuevo contribuyente y a inscribir sus datos en el “Libro Único de Registro”.
– Datos del Inicializador: CUIT del servicio técnico, CUIT del técnico autorizado y fecha de inicialización.
Una vez cargados todos los datos, el sistema emite un “Acuse de Recibo online de información vinculada a controladores fiscales”.
3.- Es necesario que el profesional en sistemas, ingrese a la página de AFIP, con Clave Fiscal, al servicio “Gestión de Controladores Fiscales” opción “Profesional en Sistemas” a fin de declarar que el programa de aplicación está adaptado para la emisión de comprobantes y que el sistema de facturación solo permite la emisión de comprobantes fiscales por el “Controlador Fiscal” denunciado, para la habilitación de impresoras y controladores fiscales.
4.- Imprimir la constancia de alta del controlador fiscal. Ingresando a la página de AFIP, con Clave Fiscal, al servicio “Gestión de Controladores Fiscales”.
Recuerden que esta constancia se debe fijar -en forma visible- en el equipo o junto al lugar de emplazamiento del mismo.