Al producirse un accidente de trabajo, debemos tener en cuenta que se modifica la base para el calculo del sueldo del empleado accidentado. Aca les dejo una planilla excel para el calculo del Ingreso Base Diario necesario para la liquidación de los haberes durante el tiempo que dure la licencia por el accidente de trabajo y permite también obtener el monto total del reintegro por la ILT que debera abonar la ART.
No olvidemos tener en cuenta que:1. Se abona a partir del día siguiente a la primera manifestación invalidante y mientras dure el período de incapacidad laboral temporaria (ILT).
2. El monto que corresponde abonar es igual al valor mensual del ingreso base.
3. El responsable del pago durante los primeros diez días será el empleador (contados a partir del día siguiente de producida la contingencia). Las prestaciones dinerarias siguientes estarán a cargo de la ART.
4. En el recibo se debera discriminar:
a) la remuneración;
b) la prestación dineraria ley 24557 “a cargo del empleador” (por los diez primeros días);
c) la prestación dineraria ley 24557 “por cuenta y orden de la aseguradora” (a partir del día 11 inclusive)
Los aportes respectivos deberán estar diferenciados según la responsabilidad de su declaración y pago.
La incapacidad temporaria cesa por:
a) Alta médica.
b) Declaración de incapacidad laboral permanente (ILP).
c) Transcurso de un año desde la primera manifestación invalidante.
d) Muerte del damnificado.