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CERTIFICADO PYME Y MORATORIA. PUNTOS ABORDADOS EN LA REUNIÓN ENTRE FACPCE Y LA SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO PYME.

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El pasado 28 de enero, los Dres. Silvio Rizza, Presidente; Sergio Pantoja, Vicepresidente 1° y Omar Marsall, Protesorero de nuestra Federación, se reunieron con la Lic. Leticia Cortese, Subsecretaria de Financiamiento y Competitividad PyME de la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y de los Emprendedores del Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación y la Dra. Claudia Balestrini Subsecretaria de Ingresos Públicos del Ministerio de Economía.

En la reunión se abordaron los siguientes temas de interés para la profesión y para el sector PYME:

1.- Ley Solidaridad Social y Reactivación Productiva:

En razón de los beneficios que la Ley 27.541 establece para las Pymes y respecto del acogimiento de las mismas al régimen de moratoria próximo a reglamentarse se solicita mayor flexibilidad para la obtención del certificado correspondiente, situación ya contemplada. En este punto se hace hincapié en la necesidad de gestionar dicho certificado con la debida antelación para evitar inconvenientes al momento de acceder a la moratoria.

2.- Parámetros de Ventas y Activos.

Analizar y actualizar parámetros para la categorización habida cuenta que la última actualización surge de la Resolución 563 (06/12/2019). Los nuevos topes se pueden consultar aquí “www.argentina.gob.ar/registrar-una-pyme/que-es-una-pyme”

3.- Sobre vigencia y renovación del Certificado Pyme.

La secretaría informa que la vigencia del certificado es desde su emisión y hasta el último día del cuarto mes posterior al cierre de ejercicio. Para renovarlo, la PyME debe realizar la recategorización durante ese mes.
Para descargar y consultar el certificado, se deberá ingresar a la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) o a pyme.produccion.gob.ar/certificado/

A partir de abril del 2020, la renovación en el Registro de Empresas MiPyME será automática para aquellas empresas que tengan presentadas las declaraciones juradas de IVA y de Cargas Sociales de los últimos 3 ejercicios.
Las únicas que deberán terminar su trámite manualmente serán aquellas que sean parte de un grupo económico, tengan vinculación con empresas extranjeras o sean IVA exento.

4.- La secretaria pone a disposición de los interesados un Manual Instructivo a fin de salvar las dudas que pudieran existir sobre la solicitud del certificado. Asimismo desde la FACPCE se ofreció la posibilidad de hacer capacitaciones o charlas informativas respecto a la reglamentación vigente.
Se puede consultar la web:www.argentina.gob.ar/produccion/registrarse-como-pyme/registrar-una-pyme

5.- Recordar además que tanto autónomos y monotributistas, en la media que cumplan con los requisitos y cuenten con el certificado correspondiente, pueden hacer uso de los beneficios pymes.

Fuente: www.facpce.org.ar/noticias/n-sub-pyme-29-1-20.php

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