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BENEFICIOS PARA PYMES EN CABA. LEY 4064

En Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la ley 4064 establece para las nuevas PyMEs, sean personas físicas o jurídicas, con facturación neta, que no supere el 1.650.000 pesos al año, que tengan una antigüedad inferior a 12 meses contados a partir del inicio de actividades y tengan al menos dos empleados estarán exentas, en un 100% del impuesto de Ingresos Brutos el primer año y pagarán solo el 50% en el segundo año de vida.

Para acceder al beneficio deberán además:

En caso de que la facturación del beneficiario supere el monto de facturación, durante la vigencia del beneficio, quedará automáticamente excluido de las referidas exenciones a partir del mes calendario siguiente a aquél en el que el límite fue superado.

Quedan excluidas del presente régimen las personas que tengan como actividad principal servicios financieros y/o inmobiliarios, la explotación de juegos de azar, la agricultura, la ganadería, la caza y pesca o la explotación de minas y canteras.

Para acceder a los beneficios de la Ley, se debe completar el formulario al que se accede mediante este link Ley 4064.

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