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Beneficio Decreto 1252/20 – Consultá si a tu cliente le corresponde la exención

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Por medio de la consulta ARBA permite a los contribuyentes inscriptos en el impuesto a los Ingresos Brutos, verificar si reúnen los requisitos para hacer uso de los beneficios de exención en el impuesto establecidos en el artículo 3º del decreto por las obligaciones devengadas y/o a devengarse desde el 1° de julio de 2020 y hasta el 31 de diciembre de 2020.

La consulta es orientativa, dado que el artículo 6º del decreto establece que la exención es de pleno derecho, implicando ello que no deberá llevar a cabo ningún trámite para solicitar el reconocimiento y deberá exteriorizarlo en las declaraciones juradas por anticipos mensuales del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
En caso de verificar a la fecha en que se accede a la consulta que NO reúne alguno de los requisitos se indicara cual o cuales, de acuerdo a la información registrada en la Base de Datos de la Agencia.


En caso de que la consulta corrobore que el contribuyente puede hacer uso del beneficio, se indicará cual es el porcentaje aplicable que le correspondería aplicar en sus declaraciones juradas.


✅ Podés realizar la consulta a través de este link directo Consulta Beneficio Decreto 1252/20

ARBA

5 comments

  1. PABLO LOPEZ 2 febrero, 2021 at 13:02 Responder

    Para los Contribuyentes en Convenio, y viendo el tutorial de arba, se debe rectificar en el mes 12/2020 contemplando la base imponible desde Junio a Dic-2020. En la jurisdicc 902, se carga la base correspondiente y se desdobla el tratamiento fiscal cod…0 normal ej 85% de la base y en el cod 9 beneficio ej. el 15% restante. se guarda el cambio. Al continuar, no te deja validar pues te queda la jurisdicc/s restantes..para cargar……..y asì, poder cerrar la misma y presentarla….En mi caso cargue la jurisdicc 901 para poder validar pero con tasa cero….Cerre la presentacion…..y el contribuyente tiene una Rectificativa del mes 12, con un saldo a favor del fisco provincial….Asi, es.

  2. María Soledad 21 enero, 2021 at 10:30 Responder

    Buenos dias, una consulta.
    Para acceder al beneficio veo debes estar inscripto en ActiBA, si hago la inscripción ahora, correspondería? Saben si hay limite de tiempo para aaceder al beneficio?
    Es como la categorización Pyme de afip verdad?
    Gracias!

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