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A PARTIR DE OCTUBRE LOS BANCOS DEBERÁN ACEPTAR EL ENVÍO DE LOS ESTADOS CONTABLES A TRAVÉS DE LA PAGINA DE AFIP

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El BCRA mediante la Comunicación “A” 6716 dispuso que a partir del 1.10.19, las entidades financieras deberán, a efectos de cumplir con los requisitos previstos por las normas del Banco Central de la República Argentina, aceptar los estados contables (incluida la Memoria e Informe del Auditor Externo) presentados por sus clientes a través del servicio “Presentación Única de Balances (PUB)” de la página de Internet de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

Presentación Única de Balance (PUB)

La RG 4060-E estableció que los contribuyentes y/o responsables indicados en los incisos a), b), c), d) y e) y en el último párrafo, del Artículo 49 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, que lleven un sistema contable que les permita confeccionar balances en forma comercial, deberán presentar: La Memoria, Estados Contables e informe de auditoría del respectivo período fiscal en formato “.pdf”.



Mediante la RG 4337/18 AFIP habilitó en el servicio Presentación Única de Balances (PUB) una opción para que los contribuyentes puedan compartir con terceros los estados contables.

Ahora mediante la Com. “A” 6716 el BCRA obliga a las entidades financieras a aceptar esos Estados Contables sin necesidad de presentarlos nuevamente en papel.

Recuerden que:

Se considerará a tales fines, la Memoria y Estados Contables exigibles por los organismos de control correspondientes, confeccionados de acuerdo con las normas contables profesionales vigentes y debidamente certificados por contador público independiente -con firma autenticada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas o entidad que ejerce el control de su matrícula.

Conclusión:

Cada vez más, especialmente para las Pymes, la necesidad de Estados Contables a certificar es menor, lo cual en algunas provincias seguramente genere una reducción en los costos de las empresas, situación que no se dará para las empresas radicadas en CABA cuyo CPCE elevó (excesivamente en mi opinión) los costos de certificación con la excusa de que se pueden certificar hasta 10 ejemplares por el mismo importe… la pregunta que queda es ¿Quién los necesita?

1 comment

  1. Roberto galvan 20 junio, 2019 at 17:17 Responder

    La necesidad de certificar no es menor, por qué el balance a presentar en Afip tiene que estar certificado.
    Si coincido en que resulta excesivo y abusivo la cantidad de ejemplares.

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