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Aumento en los Planes de Pago Ley 27653 a partir de abril ¿Cómo ver el nuevo valor de las cuotas?

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A partir de abril de 2023 el interés de las cuotas de los Planes de Pago de la Ley 27653 aumentará para muchos contribuyentes un 300%.

Estos planes de pago proporcionaban un “Alivio Fiscal para fortalecer la salida económica y social a la pandemia generada por el COVID-19” y establecían una tasa de financiación del 1,5% mensual durante los 12 primeros meses (abril 2022 a marzo 2023), para:

  • Micro y pequeñas empresas con certificado MiPyME
  • Entidades sin fines de lucro y otras similares
  • Personas humanas y sucesiones indivisas pequeños contribuyentes

Para las Medianas empresas, tramos 1 y 2 y para los demás contribuyente: las tasas fijas del 2% y 3%, solo aplicaron durante las 6 primeras cuotas resultando luego de aplicación la tasa BADLAR en moneda nacional de bancos privados.

En abril 2023, según lo indica el Art. 6 de la ley, la tasa a aplicarse pasa a ser la BADLAR en moneda nacional de bancos privados que actualmente es de un 72,4375%.

Esto implica que se pasa de una tasa de financiación del 18% anual a una de aproximadamente el 72% anual.

Aumento en los Planes de Pago Ley 27653 a partir de abril ¿Cómo ver el nuevo valor de las cuotas?

Este aumento impacta muy fuerte financieramente en los contribuyentes y deberíamos de ser posible informarle a los clientes el aumento en el importe de la cuota de abril 2023.

Para poder visualizar el nuevo valor deberemos:

  1. Ingresar a “Mis Facilidades”
  2. Buscar e ingresar en tipo de Plan “Ley 27653 deuda impositiva y previsional”
  3. Hacer clic en la opción “Plan de Pagos” que se muestra justo debajo de “Plan de Pagos Original”.

Podrán ver como a partir de la próxima cuota de estos planes de pago que vence el lunes 17 de abril el valor de las cuotas aumenta un 300%.

Moratoria

4 comments

  1. Marcelo 12 mayo, 2023 at 08:13 Responder

    El mismo atrtículo 32 remite al artículo 37 donde menciona que no podrá cobrar una tasa mayor al doble de la que cobra el BNA para sus operaciones. Y como está dentro de esos límites, sería válido, pero no justo

  2. danny 18 abril, 2023 at 11:09 Responder

    Que hay del articulo (viejo 32)de la ley de procedimiento tributario que prohibia a la afip cobrar tasas de intereses……,se derogo desde cuando?

    • Miguel 22 mayo, 2023 at 15:56 Responder

      Hola. No puedo pagar este ajuste, que multiplica por 3 la cuota de la moratoria, y que va tener en agosto otro ajuste, según me informaron el la agencia 5.
      A donde me puedo dirigir para saber mis derechos como contribuyente?
      Gracias

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