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Atención Virtual ANSES Nuevas Solicitudes que se pueden tramitar bajo esta modalidad

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La Resolución 37/21 suma nuevos trámites que podrán ser presentados en forma virtual,  sumándose a los trámites ya existentes.

Los trámites que hoy se pueden realizar a través de atención virutal son:

  • Asignación familiar por prenatal
  • Asesoramiento o Consulta
  • Asignación hijo con discapacidad
  • Asignación por embarazo
  • Asignación por maternidad
  • Asistencia para Inicio de Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra
  • Citados para agregar documentación o cese de servicios
  • Inicio jubilación / PUAM
  • Pensión fallecimiento
  • Poder con verificación domiciliaria
  • Prestación por desempleo
  • Reclamar por la suspensión de un beneficio de retiro por invalidez
  • Reclamar por programa hogar
  • Reclamo beneficio no cobrado
  • Rehabilitación de un beneficio
  • Solicitar acrecimiento de beneficio de pensión por fallecimiento
  • Solicitar modificación datos personales y/o grupo familiar
  • Solicitar pago único
  • Solicitud de asistencia para inicio de retiro por invalidez
  • Solicitud de cambio de obra social
  • Solicitud de pago de honorarios
  • Solicitud de reajuste por fallo judicial
  • Solicitud de subsidio de contención familiar

Resolución 37/2021

RESOL-2021-37-ANSES-ANSES

Ciudad de Buenos Aires, 02/02/2021

VISTO el Expediente N° EX-2020-86907297- -ANSES-DGPD#ANSES del Registro de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), el Decreto Nº 1033 del 20 de diciembre de 2020, las Resoluciones N° RESOL-2020-94-ANSES-ANSES del 21 de abril de 2020, RESOL-2020-201-ANSES-SEA#ANSES del 29 de abril de 2020, RESOL-2020-141-ANSES-SEA#ANSES del 29 de abril de 2020, RESOL-2020-192-ANSES-ANSES del 5 de junio de 2020, RESOL-2020-273-ANSES-ANSES del 29 de julio de 2020, RESOL-2020-294-ANSES-ANSES del 19 de agosto de 2020, RESOL-2020-362-ANSES-ANSES del 7 de Octubre de 2020, RESOL-2020-449-ANSES-ANSES del 23 de diciembre de 2020, de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el VISTO tramita un proyecto de resolución por el cual se amplían los trámites que se podrán gestionar a través del Sistema “ATENCIÓN VIRTUAL”, en las condiciones establecidas por la Resolución RESOL-2020-94-ANSES-ANSES y sus modificatorias.

Que el Decreto N° 260/2020, amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N° 27.541, en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) en relación con el coronavirus COVID-19, por el plazo de UN (1) año a partir de la entrada en vigencia del mencionado decreto.

Que el agravamiento de la situación epidemiológica a escala internacional requirió la adopción de medidas inmediatas para hacer frente a la emergencia dando lugar al dictado del Decreto N° 297/2020, por el cual se dispuso el “Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio” durante el plazo comprendido entre el 20 y el 31 de marzo del año 2020.

Que luego de la implementación del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio establecido por el Decreto N° 297/2020, en virtud de la pandemia de COVID-19, ANSES fue reabriendo las Unidades de Atención y Oficinas en todo el territorio del país, de acuerdo a la situación sanitaria de cada provincia y localidad, en un trabajo coordinado con gobernadores e intendentes, atendiendo al público con un sistema de turnos que permite mantener la distancia social y garantizar los protocolos sanitarios.

Que dicha situación generó una disminución significativa en la cantidad de turnos que esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL pudo ofrecer a la población para realizar trámites de forma presencial.

Que ante ello, por la Resolución N° RESOL-2020-94-ANSES-ANSES se aprobó la implementación del sistema “ATENCION VIRTUAL”, como medio de interacción del ciudadano con esta Administración Nacional de la Seguridad Social, a través de la recepción y remisión, por medios electrónicos, de presentaciones, solicitudes, escritos, notificaciones, y comunicaciones, entre otros, que será utilizado mientras dure el aislamiento social, preventivo y obligatorio establecido por el Poder Ejecutivo Nacional, conforme los Términos y Condiciones de uso Generales y Particulares allí establecidos.

Que posteriormente, mediante las Resoluciones N° RESOL-2020-201-ANSESSEA#ANSES, RESOL-2020-141-ANSES-ANSES, RESOL-2020-192-ANSESANSES, RESOL-2020-273-ANSES-ANSES, RESOL-2020-294-ANSES-ANSES y RESOL-2020-362-ANSES-ANSES, se ampliaron los trámites a distancia que pueden ser recibidos mediante el sistema “ATENCION VIRTUAL”.

Que por el artículo 2º del Decreto N° 1033/2020, se extendió hasta el 31 de enero de 2021 la medida de “Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio”, para todas las personas que residan o transiten en los aglomerados urbanos, partidos y departamentos de las provincias argentinas, en tanto estos verifiquen los parámetros epidemiológicos y sanitarios establecidos.

Que en dicho contexto, a través de la Resolución RESOL-2020-449-ANSESANSES, se dispuso que el sistema “ATENCION VIRTUAL” continúe siendo un canal de atención complementario al sistema de turnos presenciales en las Unidades de Atención y Oficinas.

Que mediante Nota N° NO-2021-06810353-ANSES-SEP#ANSES, la Subdirección Ejecutiva de Prestaciones solicitó ampliar los trámites que se podrán gestionar a través del Sistema “ATENCIÓN VIRTUAL”, incluyendo los referentes a Solicitud pago de honorarios, Solicitud pago único, Solicitud acrecimiento de un beneficio de pensión por fallecimiento y Asistencia para el inicio de pensión honorífica de veteranos de guerra, en el marco de lo establecido en la Resolución N° RESOL-2020-94-ANSES-ANSES.

Que la Dirección General Diseño de Normas y Procesos y la Dirección General de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 2741/1991, el artículo 36 de la Ley N° 24.241 y el Decreto N° 429/2020.

Por ello,

LA DIRECTORA EJECUTIVA DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Amplíanse los trámites a distancia que podrán ser recepcionados mediante el sistema “ATENCION VIRTUAL”, conforme los Términos y Condiciones de uso Generales y Particulares establecidos por la Resolución N° RESOL-2020-94-ANSES-ANSES, sus modificatorias y sus complementarias.

ARTÍCULO 2°.- Dispónese que se recepcionarán los trámites referentes a Solicitud pago de honorarios, Solicitud pago único, Solicitud acrecimiento de un beneficio de pensión por fallecimiento y Asistencia para el inicio de pensión honorífica de veteranos de guerra, en el marco de lo establecido en la Resolución N° RESOL-2020-94-ANSES-ANSES de fecha 21 de abril de 2020.

ARTÍCULO 3°.- Instrúyase a la Dirección General de Diseño de Normas y Procesos de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, a dictar las normas operativas, complementarias y a establecer los procedimientos que resulten necesarios para implementar lo dispuesto en la presente Resolución.

ARTÍCULO 4°.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Maria Fernanda Raverta

e. 03/02/2021 N° 4989/21 v. 03/02/2021

Fecha de publicación 03/02/2021

ANSES

13 comments

  1. Marisa Pruzzo 27 mayo, 2022 at 16:40 Responder

    buenas tardes, soy Marisa Pruzzo DNI 12224810, de Villaguay Entre Rios, necesito me puedan guiar como puedo saber sobre un expediente Administrativo de mi padre Nro. 024-20-05771480-9-464-1 el cual se encuentra en el Area Liquidaciones, dicho expediente fue iniciado en concepción del Uruguay, Entre Ríos. desde ya muchas gracias.

  2. Gladys Martinez 3 febrero, 2021 at 18:11 Responder

    Hola tengo 61año y presente todo mis documentos en diciembre 2020el 28de dicie fue visto y me mandaron el número de espediente para jubilarme como ama de casa tengo que decir esperando no trabajo y debo mucho en luz gracias

  3. Ana 3 febrero, 2021 at 17:53 Responder

    Hola, quisiera anotarme en el Renatep, ya lo hice de forma virtual pero no sé si tengo que hacerlo en Anses. Tengo el certificado negativo pero no sé cuándo y dónde presentarlo. Estoy muy necesitada de trabajo, ya sé me termina la auh y me quedo sin ninguna entrada. Soy una mujer de 56 años y no consigo empleo. Estoy desesperada.

  4. Nair sabrina Aguirre Morales 3 febrero, 2021 at 17:11 Responder

    Hola necesito entrgegar el formulario de embarazo para poder cobrar nacimiento y no puedo o no consigo un turno. Como agoooo espero rwspuestas gracias

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