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ARBA Sistema Integral de Multas (SIM) se incluye el decomiso de bienes. RN 20/22

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A través de la RN 20/22 se incluye el decomiso de bienes en el Sistema Integral de Multas (SIM), a fin de que el infractor pueda, de manera accesible y eficiente, dar cumplimiento a la sanción que le fuera impuesta, mediante la liquidación y abono de la correspondiente suma de dinero.

 

RESOLUCIÓN NORMATIVA N° 20/2022

LA PLATA, 27/07/2022

VISTO el expediente Nº 22700-7592-2022, por el que se propicia modificar la Resolución Normativa N° 56/2014 y su modificatoria, que aprueba el Sistema Integral de Multas (SIM) para la liquidación y pago en todos los procesos vigentes relativos a sanciones pecuniarias que tramitan por ante esta Agencia de Recaudación, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución Normativa N° 56/2014 se implementó elSistema Integral de Multas (SIM), para la liquidación y el pago de las sanciones pecuniarias previstas en los Títulos IX “De las infracciones a las obligaciones y deberes fiscales”, X “De la incautación y decomisos de bienes” del Libro Primero – Parte General del Código Fiscal – Ley N° 10397 (T.O. 2011 y modificatorias)-, leyes especiales y demás normas complementarias de las cuales esta Agencia de Recaudación resulta Autoridad de Aplicación;

Que, desde hace tiempo, uno de los objetivos de este organismo recaudador es seguir promoviendo el acercamiento a los distintos sujetos obligados y facilitar el cumplimiento de sus deberes fiscales, procurando poner a su alcance los instrumentos que resulten necesarios para ello;

Que, en consecuencia, se dictó la Resolución Normativa N° 24/2019 mediante la cual se modificó la Resolución Normativa BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES N° 56/2014, con el fin de simplificar el procedimiento de liquidación y pago de las sanciones pecuniarias, estableciendo la unificación de los formularios existentes en un sólo formulario de pago (R-112 A) y la utilización del Sistema Integral de Multas como única opción;

Que, en pos de la modernización de la gestión pública, de la despapelización y la agilización de las funciones
administrativas, esta Agencia de Recaudación continúa incorporando nuevas tecnologías y procedimientos electrónicos, para la transmisión y el procesamiento de datos que faciliten y simplifiquen el cumplimiento de las obligaciones a cargo de los distintos sujetos obligados, generando en consecuencia un incremento de la celeridad, sencillez, economía y eficacia en los procedimientos que se sustancian;

Que el texto vigente de la mencionada Resolución Normativa N° 56/2014 y su modificatoria no contempla actualmente el supuesto de decomiso que se encuentren en instancia de ejecución judicial;

Que la presente medida encuentra su fundamento en la necesidad de contemplar la eventual sustitución de la sanción administrativa dispuesta por el ingreso de sumas de dinero, siempre que ello hubiera sido expresado en la respectiva resolución judicial;

Que, por lo expuesto, se estima conveniente incluir el supuesto citado en el Sistema Integral de Multas (SIM), a fin de que el infractor pueda, de manera accesible y eficiente, dar cumplimiento a la sanción que le fuera impuesta, mediante la liquidación y abono de la correspondiente suma de dinero;

Que, en esta oportunidad, y en atención a la modificación ya efectuada a la Resolución Normativa N° 56/2014 mediante la Resolución Normativa N° 24/2019, y a la que por la presente se propicia, es procedente la aprobación de su texto ordenado;

Que han tomado intervención la Subdirección Ejecutiva de Acciones Territoriales y Servicios y la Subdirección Ejecutiva de Asuntos Jurídicos;

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 13766;

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE

ARTÍCULO 1°. Incorporar en la Resolución Normativa Nº 56/2014 y modificatoria, como artículo 2° bis, el siguiente:
“ARTÍCULO 2° bis. Establecer que el Sistema Integral de Multas (SIM) alcanzará, asimismo, a los supuestos de decomiso de bienes que se encuentren en instancia de ejecución en el marco de un proceso judicial y el juez interviniente haya resuelto o habilitado sustituir dicha sanción por una suma de dinero. El instrumento judicial que ordene o habilite la sustitución deberá encontrarse notificado fehacientemente a los infractores y firme.”

ARTÍCULO 2°. Incorporar en la Resolución Normativa Nº 56/2014 y modificatoria, como ARTÍCULO 2° ter, el siguiente:
“ARTÍCULO 2 ter. Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo anterior, los infractores deberán ingresar al Sistema Integral de Multas (SIM) desde la página web de esta Agencia de Recaudación (www.arba.gob.ar), utilizando su Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) y su Clave de Identificación Tributaria (CIT). En caso de no contar con una Clave de Identificación Tributaria (CIT), podrán obtenerla de acuerdo a lo previsto en la Resolución Normativa N° 58/2020 y modificatoria o aquella que en el futuro la modifique o sustituya.
Una vez efectuado el ingreso, podrán liquidar los volantes de pago que serán identificados con la leyenda “Sustitución Judicial Decomiso”.
El pago se identificará con el comprobante respectivo, el que deberá ser presentado en el expediente judicial en el que tramita la ejecución del decomiso de bienes en cuestión”.

ARTÍCULO 3°. Sustituir el Formulario R-112 A que, como Anexo Único forma parte integrante de la Resolución Normativa N° 56/2014 y modificatoria, por el Anexo I de la presente.

ARTÍCULO 4°. Aprobar el Texto Ordenado de la Resolución Normativa N° 56/2014 y modificatoria que como Anexo II forma parte integrante de la presente, reordenando la numeración y orden del articulado aprobado por dicha Resolución

Normativa conforme a las modificaciones realizadas mediante la presente.

ARTÍCULO 5°. La presente Resolución Normativa comenzará a regir a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 6°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.

Cristian Alexis Girard, Director Ejecutivo.

ARBA

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