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ARBA Mínimo mensual para Ingresos Brutos 2021. Excepciones

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Como cada año, con la nueva Ley Impositiva en Provincia de Buenos Aires se modifica el importe mínimo mensual para Ingresos Brutos Contribuyentes Locales.

La Ley 15226 establece en su Artículo 35 que para el año 2021 el mínimo es de $ 615, pero este importe es obligatorio para todos los contribuyentes o existen excepciones.

El artículo 224 del Código Fiscal  prevé un Impuesto mínimo y la Ley Impositiva vigente establece su monto, que como ya dijimos, para el año 2021 es de $ 615, por lo que, si el cálculo del impuesto determinado arroja un monto inferior al mínimo, deberás tener en cuenta este parámetro.

Sin embargo, el Código Fiscal prevé dos excepciones:

  • El artículo 224 dispone que quedarán exceptuados de ingresar el anticipo mínimo quienes ejerzan profesiones u oficios no organizados en forma de empresa. Se entenderá que existe empresa, cuando la actividad desarrollada constituya una organización y/o unidad económica, independiente de la individualidad del profesional que la ejerce y/o conduce.
  • El artículo 216 determina que cuando por el ejercicio de la actividad no se registren ingresos no corresponderá tributar el anticipo. Sin perjuicio de esto, el contribuyente deberá cumplir con el deber formal de presentar la declaración jurada correspondiente, informando su ingreso con monto cero “0”.

10 comments

  1. Omar 16 marzo, 2023 at 16:18 Responder

    En el período 1/2018 y por única vez sucedió que el impuesto sobre los Ingresos Brutos a ingresar no llegaba a ser el mínimo. Debo ingresar la diferencia hasta llegar al mínimo? Debo hacer una rectificativa? La actividad es 452600. En muchas ocasiones, en períodos anteriores y posteriores, liquidé impuesto a ingresar cero por no haber facturado en ese período. Lo hice así por sugerencia de un contador que me asesoró. Ahora resulta que me llegó un reclamo únicamente de ese período. Muchas gracias!

  2. Patricia 3 febrero, 2022 at 14:44 Responder

    Buenos dias! Era monotributista social, me dieron de baja. Además, tenía el plan Alas. Tengo las presentaciones al día. A la hora de querer dar el cese, no me permite. Me dice que faltan presentaciones.
    Me dirigí a IIBB, varias veces, hasta que hoy una chica me dijo que haga la presentación del mes de diciembre 2021, enero y febrero 2022. Como no estoy en actividad que ponga todo cero.
    Pero me encuentro con un apartado que dice Impuesto determinado de periodo $615.
    Lo mío era emprendimiento. Tengo cero ventas. Además no estoy trabajando de eso
    Necesito ayuda. Muchas gracias

  3. Sebastian Ormeño 17 agosto, 2021 at 13:58 Responder

    Buenas tardes en el caso de aplicación de la excepción del artículo 224 del código fiscal, cómo debo cargar la declaración jurada para no abonar el mínimo?

  4. María Florencia 28 julio, 2021 at 19:26 Responder

    Hola. Si hago una factura cada cuatro meses, hay tres meses en los que no facturo nada de nada. En esos tres meses tengo que pagar el mínimo o se aplica el artículo 216 del Código Fiscal? Gracias.

  5. Denise 18 julio, 2021 at 23:05 Responder

    Buenas noches, mi consulta es la siguiente, una persona que se dedica a la informatica, estaria en esa excepcion del art 224? ya que facturo 800 (monotributo nuevo es) y el minimo seria $615 (el determinado es $28).. no me parecia logico que tuviera que pagar casi lo que facturo..pero no lo se..
    Gracias

  6. Alexandra 5 julio, 2021 at 15:19 Responder

    Buenas tardes mi consulta es la siguiente: un contribuyente inscripto en la actividad de Servicios inmobiliarios que no facturo, le corresponde aplicar el art 216 del código fiscal?
    Saludos.

  7. Yasmin 24 febrero, 2021 at 20:22 Responder

    Eduardo, te recomiendo que te asesores con un profesional, ya que seguramente estuviste inscripto alguna vez y no te diste la baja. Saludos

  8. EDUARDO 12 febrero, 2021 at 19:45 Responder

    quiero saber porque me descuentan de la caja de ahorro del banco donde yo pamis servicios me descuentan RETENCION ARBA..ES CAJA DE AHORRO COMUN YO SOY JUBILADO.NO TENGO NADA MI CASA NADA MAS Y ESTA EN SUSECION.. HACE VARIOS MESES QUE ME VIENEN DESCONTANDO..PORQUE PUEDO SABER ?

    • Antonio Salatino 2 julio, 2021 at 08:32 Responder

      Buenos dias Eduardo .
      Seguramente estuviste inscripto en alguna oportunidad en Provincia de Buenos Aires y no se te dio la baja.
      Habría que ver si es así la prueba que demuestre que dejaste esa actividad por ej. baja de habilitación, baja en AFIP, en ARBA hay un lugar para bajas tardías, luego tendrás que pedir devolución.
      Saludos.

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