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ALQUILER CASA HABITACION RECUERDEN INFORMAR LOS DATOS ADICIONALES POR RG 4004

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La RG 4004 está vigente desde marzo 2017, excepto para monotributistas quienes recién están obligados a partir del 1/6/2017 y dentro de los nuevas requisitos que exige la misma esta que el contribuyente consigne en los campos que se identifican como “Adicionales por RG”, los datos que se indican a continuación:
a) Código de Identificación “17” – Dato 01 (Operación facturada a través de intermediario), Dato 02 (Operación facturada directamente por el propietario del inmueble).
b) Código de Identificación “18.1” – Dato a ingresar: CUIT del propietario del inmueble o de cada uno de los titulares en caso de tratarse de un condominio.
c) Código de Identificación “18.2” – Dato a informar: Apellido y nombres, denominación y/o razón social el propietario del inmueble o de cada uno de los titulares en caso de tratarse de un condominio.

¿Donde informar los datos adicionales por RG 4004 en Comprobantes en Línea?

  1. Ingresar al servicio “Comprobantes en Línea” de AFIP
  2. En la pantalla donde deben cargarse los “Datos del Receptor” debajo de todo hay una opción que dice “Datos adicionales del Comprobante”
  3. Hacer click donde dice “Datos a completar únicamente por empresas alcanzadas por algún régimen especial”
  4. Seleccionar en Tipo de dato adicional: “Tipo Facturación Alquiler Inmueble Casa Hab.”
  5. Seleccionar en Tipo de facturación: “Facturación Directa” o “Facturación a través de Intermediarios”
  6. Informar CUIT y Apellido y Nombre/ Razón Social. Si es en forma directa se deberá(n) indicarse el/los locador(es)/propietario(s) adicionales. Si es a través de intermediarios deberá(n) indicarse el/los locador(es)/propietario(s).

 

 

 

7 comments

  1. francisco 5 junio, 2019 at 19:05 Responder

    Hola … quiero saber como toma AFIP el recibo C realizado por una inmobiliaria y que completa en los datos adicionales el nombre de el Locador y CUIT… Lo toma como ingreso bruto de la inmobiliaria? En caso de Monotributista lo obligaría a recategorizarse?

  2. Estela 12 abril, 2017 at 17:03 Responder

    Soy corredora inmobiliaria y hago por cada alquiler un recibo X por cuenta y orden y un Recibo C por mis honorarios (el 10% de ese alquiler). Desde junio deberé hacer Recibos C electrónicos por los alquileres de 3ros? La AFIP no lo va a tomar como ingreso mio? Deberian habilitar X en comprobantes en linea, está previsto? Gracias

  3. Lucia Juarez 11 abril, 2017 at 18:28 Responder

    Buenas, quisiera saber como declaran los intermediarios (en sus declaraciones juradas) las facturas emitidas “por cuenta y orden de”…ya q no son sus ventas. Gracias!

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