fbpx

Alivio fiscal para fortalecer la salida económica y social – Condonación y Moratoria. Claves del Proyecto de Ley

8

El presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, presentó un proyecto de ley de “Alivio fiscal para fortalecer la salida económica y social a la pandemia generada por el COVID-19”

Puntos principales del Proyecto de Ley

  • Condonación de deudas para entidades sin fines de lucro y MIPYMES y contribuyentes con deudas inferiores a $ 100.000.-

Se condonarían las deudas tributarias, aduaneras y de la seguridad social vencidas hasta el 31 de agosto de 2021 correspondientes a:

  1.  Instituciones religiosas, asociaciones, fundaciones y entidades civiles de asistencia social, salud pública, caridad, beneficencia, educación e instrucción, científicas, literarias, artísticas, gremiales y las de cultura física o intelectual, las entidades que conforman el Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios (SNBV) y toda otra entidad sin fines de lucro, incluidas organizaciones comunitarias inscriptas como fundaciones, asociaciones civiles, simples asociaciones y entidades con reconocimiento municipal.
  2. MiPYMES y personas humanas y sucesiones indivisas que sean consideradas pequeños contribuyentes (inferiores a $ 100.000.-, consideradas en su totalidad)

La condonacion alcanza al capital adeudado, intereses resarcitorios y/o punitorios y/o multas y demâs sanciones y no comprende los siguientes conceptos:

  1. Aportes y contribuciones destinados al Régimen Nacional de Obras
  2. Las cuotas destinadas a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART).
  3. Las retenciones y percepciones impositivas por cualquier concepto, practicadas y no ingresadas.

La condonación no obsta al cómputo de los aportes con destino al SIPA que correspondan a los trabajadores.

  • Ampliación de la Moratoria

Se ampliaría la Moratoria de regularizacion de obligaciones tributarias, de la seguridad social y aduaneras aprobada por la ley 27.541 y modificada por la ley 27.562, por las obligaciones vencidas desde el 1 de agosto de 2020 al 31 de agosto de 2021 inclusive o infracciones relacionadas con dichas obligaciones.

Se podrá incluir en este régimen la refinanciacidn de planes de pago vigentes y las deudas emergentes de planes caducos, cuando la caducidad haya acaecido dentro de las fechas indicadas en el párrafo anterior.

Se establece la condonación total de los intereses resarcitorios y/o punitorios previstos en los articulos 37, 52 y 168 de la ley 11.683 (t.6. 1998) y sus modificatorias, los intereses resarcitorios y/o punitorios sobre multas y tributos aduaneros (incluidos los importes que en concepto de estímulos a la exportación debieran restituirse al fisco nacional) previstos en los articulos 794, 797, 845 y 924 de la ley 415 (Cddigo Aduanero) en el importe que por el total de intereses supere el porcentaje del diez por ciento (10%) del capital adeudado.

El acogimiento a esta ley ampliatoria y/o modificatoria producirá la suspensión de las acciones penales tributarias y penales aduaneras en curso y la interrupción de la prescripcidn penal.

Descargar (PDF, 710KB)

Moratorias

8 comments

  1. ramiro 24 noviembre, 2021 at 11:38 Responder

    Alguien puede decirme, si el socio mayoritario de una SA posee activos financieros en el exterior. para que la SA pueda beneficiarse con la condonacion total de intereses por anticipos no ingresados en termino, debe repatriar dicho socio?

  2. Leandro 28 octubre, 2021 at 09:29 Responder

    Las 100 lucas de condonación, tendria que ser para todos , es decir hasta 100 lucas no pagas y por lo que excede si.-
    Sino es totalmente injusto para el que debe por ej 110 lucas queda afuera …. Bueno estas cosas que sacan de la galera…que se puede pedir …sentido comun es mucho

    • VIVIANA MARIA COZZA 19 enero, 2022 at 21:10 Responder

      Consulta: la condenación de deudas inferiores a,$ 100 mil mi caso son intereses x falta de ingreso anticipo ganancias personas humanas es automática o como tengo que solicitarla. Gracias

    • VIVIANA MARIA COZZA 19 enero, 2022 at 21:11 Responder

      Consulta: la condenación de deudas inferiores a,$ 100 mil mi caso son intereses x falta de ingreso anticipo ganancias personas humanas es automática o como tengo que solicitarla. Gracias

Post a new comment