1. Alivio Fiscal para stock de deuda vencida al 30 de abril.
Planes de facilidades de pagos para cancelar obligaciones tributarias y de los recursos de la seguridad social vencidas hasta el 30-04-2023.
A. Obligaciones alcanzadas
- Obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social -incluidos sus intereses y multas- vencidas al 30/04/2023.
- Multas impuestas, cargos suplementarios por tributos a la importación o exportación y liquidaciones de los citados tributos comprendidas en el procedimiento para las infracciones, así como sus intereses, todo ello conforme a lo previsto en el Código
Aduanero -Ley N° 22.415 y sus modificaciones- formulados hasta el 30/04/2023. - Incluye la deuda en discusión administrativa – judicial como así también la incluida en planes caducos hasta la vigencia de la presente resolución general
- No se permite la refinanciación de planes vigentes.
- No Incluye los vencimientos de ganancias y bienes personales -de personas humanas y sociedades- de diciembre de 2022.
2. Alivio Fiscal para planes de pago vigentes de MiPyMEs con tasa Badlar.
En el marco de la pandemia por Covid-19, se aprobó la Ley 27.653 que amplió la moratoria establecida en la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva (27.541).
A partir de abril se aplica la tasa Badlar para bancos privados, que se encuentra en el orden de un 70% anual.
Es por esta razón que los planes de pago a partir de ese mes tienen aumentos sustanciales, afectando principalmente a MiPyMEs.
Por ese motivo, y en el marco de las facultades delegadas del punto 1.4 del inciso f) del artículo 6° de la Ley 27.653 la AFIP establecerá una espera para una proporción de los intereses de las cuotas de los planes de pago con vencimiento junio a diciembre de 2023.
Estos anuncios son a la espera de la publicación de la reglamentación correspondiente.
Buen día!
¿Hubo alguna novedad de los planes de facilidades con tasa de financiación Badlar?
Saludos!
para el pago de Ganancias y Bienes 2022 habilitarán el plan de anticipo + 3 cuotas?