Se fijan las remuneraciones mínimas del PERSONAL PERMANENTE DE PRESTACIÓN CONTINUA comprendido en el Régimen de Trabajo Agrario, Ley 26.727, para las categorías establecidas en la Resolución de la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO 4 /1998, en el ámbito de TODO EL PAÍS, con vigencia a partir del 1º de abril de 2024 hasta el 31 de julio de 2024, conforme se detalla en el Anexo I que forma parte integrante de la presente Resolución. Estas remuneraciones seguirán siendo tratadas exclusivamente en el ámbito de la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO.

REPRO Modificaciones a partir de Septiembre. Resolución 1389/2022
La Coordinación REPRO podrá relevar datos adicionales (Cuando la nómina salarial sea de más de 500 trabajadores) que permitan ampliar y/o verificar los aportados por ...
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