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Actualización del listado de Bancos que operan con VEP

Todas las obligaciones de AFIP se pueden cancelar mediante Volante Electrónicos de Pagos (VEP). Están obligados a pagar mediante VEPs grupos de contribuyentes y obligaciones correspondientes a sujetos que, de acuerdo a sus operaciones, deben estar bancarizados. Por eso es importante saber los Bancos que operan con VEP.

Actualización del listado de Bancos que operan con VEP

El Banco SUPERVIELLE S.A. se encuentra autorizado a cobrar VEPs en sucursales a fin de atender situaciones de excepción cuyo importe a pagar no supere los $12.000 diarios.

Para la alternativa de XN GROUP, el contribuyente debe generar el VEP en el sitio Web de AFIP mediante la utilización de la clave fiscal y enviarlo a XN GROUP. Con el VEP impreso, se deberá presentar en cualquier sucursal del Banco.

Listado de Bancos que operan con VEP

https://www.afip.gob.ar/comoPagarImpuestos/documentos/BancosQueOperanConVEP.pdf

 

TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA DE FONDOS

¿Dónde puedo pagar?
  • Homebanking. A fin de utilizar este servicio, previamente deberás concurrir con tu tarjeta de débito a cajeros automáticos que sean de la misma red que dicha tarjeta, para obtener la clave de acceso.
  • En el sitio web de los prestadores homologados por esta Administración Federal o de la red bancaria de la entidad (http://www.pagar.com.arhttp://www.pagomiscuentas.com o http://www.interbanking.com.ar).

    Deberás ingresar la identificación y la clave de acceso, observando las formas y condiciones acordadas con el prestador.

  • En el sitio web de AFIP, ingresando con clave fiscal al servicio “Presentación de DDJJ y Pagos”.

    Posteriormente, deberás generar el volante electrónico de pago (VEP), donde se especificará la obligación a cancelar y los datos correspondientes a CUIT, período, impuesto, concepto, subconcepto e importe.

    A fin de abonar el VEP, deberás acceder a la entidad de pago y seleccionar la opción “Pagos AFIP”. El pago podrá efectuarse en forma inmediata tras la generación del VEP.

• BILLETERA ELECTRÓNICA AFIP

¿Dónde puedo pagar?

A través del servicio “Carga Billetera AFIP”, que se encuentra disponible por cualquiera de estas dos vías:

  • En la página web de la AFIP: Accediendo con clave fiscal de nivel de seguridad 2 o superior.
  • En homebanking: utilizando el acceso provisto por tu banco.

En ambos casos, dentro del servicio “Carga Billetera AFIP” se deberá indicar la CUIL/CUIT del contribuyente al cual se le acreditarán los fondos y el importe que se desea transferir.

También podés hacerlo mediante transferencia bancaria internacional.

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