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SIN CELULAR NO HAY DOMICILIO FISCAL ELECTRÓNICO EN AFIP.

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La RG 4280 fijó como plazo máximo para constituir el domicilio fiscal electrónico el día 30 de noviembre de 2018, indicando en su Art. 2 que a los efectos de la constitución del DFE, los contribuyentes deben informar una dirección de correo electrónico y un número de teléfono celular, siendo esto condición necesaria para considerar cumplida la obligación.

En la práctica esta obligación de informar un número de teléfono celular NO puede ser reemplazada por un número de teléfono fijo (no entiendo el motivo), es importante tenerlo en cuenta, ya que el mensaje que aparece en el sistema no indica que el teléfono debe ser celular.

 

También es imprescindible que aquellos contribuyentes a los cuales ya se les había dado de alta el domicilio fiscal electrónico controlen sus datos de contacto, ya que los mismos no se muestran como datos registrados actualmente, aunque los hayan cargado en su momento en el Sistema Registral.

Tengan en cuenta que el sistema no mostrará ninguna opción de teléfono registrado a menos que se cargue el número de un teléfono celular.

16 comments

  1. socor 10 marzo, 2020 at 12:12 Responder

    El chip rastreador ya lo llevas voluntariamente en el bolsillo…..te graba y filma todo el tiempo….incluso cuando lo tenes apagado.

  2. Lucía 23 noviembre, 2018 at 12:47 Responder

    Tengo varios casos donde el mail está declarado y el celular también, sin embargo en sistema registral figura con una rayita roja (como que algo faltase).
    Por otro lado, les llega un mail donde dice que registra incumplimiento en el domicilio… (entre otras cosas que nada tienen que ver con el tipo de contribuyente al que lo envían y lo único que generan es confusión para el cliente).
    Si a alguien le pasa o sabe como resolverlo quedo atenta a las respuestas, gracias!

  3. Fernanda 20 noviembre, 2018 at 09:57 Responder

    El consejo y colegio no nos representan, deberian apoyarnos con todas estas medidas en la que el contador tiene que hacer doble trabajo. No nos falicitan para que podamos ejercer la profesión.

  4. Domingo Palmero 17 noviembre, 2018 at 12:50 Responder

    De locos. Se vive en un pais irreal. Lleno de torpezas. “No se puede obligar a lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohibe”. Sin política, hagamos las cosas en serio y ubiquemonos en un país, y como está, y en la situacion que está. ” Quien desconoce la realidad, será víctima de su propia presencia como gobierno.”

    • Silvio 3 diciembre, 2018 at 16:31 Responder

      Me suscribo a lo que expresa Domingo, esto es solo una instancia más, ni hablar de cuando sea obligatoria la factura electrónica para los plomeros, gasistas, etc. etc..-
      Por otro lado me pasó de que, como a otros, a pesar de haber ingresado los datos de teléfono y correo, el domicilio electrónico no aparecía constituído y era porque en la pantalla donde se ofrece ingresarlo o elegirlo, luego de hacerlo hay que confirmarlo con un botón al pie que no aparece en la pantalla sino bajamos en la misma y es recién allí que queda confirmado el dichoso domicilio.-

  5. Jerónimo 16 noviembre, 2018 at 02:11 Responder

    Es compulsivo y obliga al contribuyente a disponer de un teléfono celular. Hoy en día casi todo el mundo tiene uno, pero de todas maneras no es necesario. Diferente es el correo electrónico que se encuentra habilitado para recibir comunicaciones. Pero el celular no. Y además es engorroso, porque un mail se puede reenviar al contador, pero un SMS o whatsapp está más sujeto a errores. Considero innecesario la obligatoriedad de informar un número de teléfono celular. Ojalá revisen este
    ridículo impedimento y le den pronta solución.

  6. Liliana 15 noviembre, 2018 at 09:17 Responder

    Yo tengo todos los contribuyentes con celulares declarados y me sigue apareciendo el mismo cartel.
    Ya no se que mas probar para que me desaparezca el desvio… Me tienen harta con estas tonterias que nos hacen perder un monton de tiempo…

  7. Andrés 15 noviembre, 2018 at 02:39 Responder

    Tener que dejar el celular es definitivamente es para una base de datos (tener en cuenta que ya se tuvieron que registrar los datos de los titulares de celulares). El 93% de los celulares tiene Whatsapp, y ésta es de las redes sociales la que mas llegada tiene en éstos momentos, muy a tener en cuenta para las elecciones…

  8. hernan 14 noviembre, 2018 at 11:42 Responder

    No entiendo porque la AFIP nos obliga a los contribuyentes a tener telefono, mail… No tiene sentido. Porque estoy obligado? Yo tengo mail y telefono, pero pienso en las personas carenciadas o de bajos recursos, personas mayores de edad o JOVENES que simplemente no les gustan los telefonos o los mails sin embargo estan obligados por la AFIP. Que sigue despues? estar obligado a tener cuenta de facebook para poder ver mi perfil? Ya practicamente obligaron a los pequeños locales de monotributistas a tener internet y una pc para poder hacer la factura electronica..
    La verdad me parece muy injusto.

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