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¿COMO REIMPUTAR UN PAGO DUPLICADO EN CONVENIO MULTILATERAL?

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Al parecer este 2018 me depara un montón de nuevas experiencias, especialmente en corregir errores exóticos o poco frecuentes, como haber presentado el CM 03 del período 1-2018, pero al emitir los volantes de pago misteriosamente (creo que fue la semana que funciono mal el SIFERE Web) se imprimieron los del período 12-2017 nuevamente. Obviamente el período 12-2017 ya estaba pago y quedó adeudado el período 1-2018, por lo que me encontré por primera vez con la necesidad de saber como reimputar un pago duplicado en Convenio Multilateral.

PASOS PARA REIMPUTAR UN PAGO DUPLICADO EN CONVENIO MULTILATERAL

  1. Entrar a “SIFERE Web DDJJ” y presionar sobre el icono del período que se abono 2 veces, la opción para generar la rectificativa.
  2. Como es una rectificativa, ya se encuentran cargados todos los datos de la DJ Original, por lo cual, lo único que debemos hacer es ir jurisdicción por jurisdicción e ingresar en el campo CREDITOS DEL ANTICIPO, la suma de los importes abonados (el correcto mas el que pertenece al otro período).
  3. Una vez cargado el crédito del anticipo en todas las jurisdicciones, se podrá controlar al cerrar la DJ que quedará como saldo a favor el importe abonado en forma duplicada.
  4. Rectificar la o las DJ siguientes, trasladando en el campo SALDO A FAVOR DE PERÍODOS ANTERIORES, el saldo a favor que se generó hasta el anticipo al cual correspondía el pago mal imputado

41 comments

  1. Lujan 22 febrero, 2024 at 12:44 Responder

    Hola Carla, te hago una consulta si presentaste el importe de ventas en menos y era más y eso llevo a que en la jurisdiccion de Bs. AS te diera a pagar como se pueDE RECUPERAR ESE PAGO REALIZADO?

    Gracias

  2. GUILLERMO GABRIEL LEMOS 4 octubre, 2022 at 13:29 Responder

    Hola, le facture a una empresa que actuo como agente de retencion con ingresos brutos, como hago para que no me lo cobren otra vez. Gracias

  3. lorena 8 junio, 2020 at 14:49 Responder

    Buenas tardes Carla
    como re imputar o compensar deuda anterior con saldo a favor de periodos posteriores en la juridicción de Caba?

  4. Miriam 29 abril, 2020 at 00:16 Responder

    Hola, se puede pedir devolución de un pago duplicado? es de Convenio Multilateral, jurisdicción Mendoza. Como debo proceder? Muchas Gracias.

  5. Andrea 22 abril, 2020 at 10:18 Responder

    Carla, buen día quería consultarte que realice la Rectificativa del mes de marzo y como habíamos omitido en la anterior presentación las Retenciones Bancarias, en determinadas jurisdicciones lo que dio a pagar nos ha arrojado saldo a favor, por ende lo que te quería consultar si esto lo tomo como mas saldo a favor para el mes de abril, ya que lo ingrese en la Rectificativa como un Crédito de Anticipo.

    Muchas Gracias!

    • Carla Lombardi 25 abril, 2020 at 18:32 Responder

      Correcto, una vez que lo informas como crédito del anticipo, pasa a formar parte del saldo a favor de ese período y así debe ser trasladado al período siguiente.

  6. marcela 18 febrero, 2020 at 19:04 Responder

    Hola! se realiza rectificativa DDJJ Convenio por error en alícuota en prov de ba as. Consulto; debo realizar el pago de intereses resarcitorios? y los mismos son segón c fiscal de arba art 59? Agradezco respuesta

  7. JOSE ANTONIO SAIZ 24 diciembre, 2019 at 01:14 Responder

    CABA RECIENTEMENTE INTIMO VIA JUDICIAL EL PAGO DE IMPORTES MINIMOS POR NO PRESENTAR LA DDJJ DE CONVENIO MULTILATERAL. PARA EVITAR PAGAR INTERESES SE PRESENTO EN MORATORIA Y SE HIZO PLAN DE PAGO.
    EL IMPORTE QUE COBRARON POR CADA DDJJ ES DE $660 . ESTE IMPORTE CUANDO PRESENTE LA DDJJ CON LA BASE IMPONIBLE ME VA DETERMINAR UN IMPORTE DE $500. ESTE IMPORTE QUE LO INCLUI EN UN PLAN DE PAGO LO TOMO COMO UN CREDITO EN LA DDJJ YA QUE LOS IMPORTE LOS TENGO COMO PLAN DE PAGO.
    DESDE YA MUCHAS GRACIAS

  8. miriam 13 septiembre, 2019 at 11:53 Responder

    Hola Carla presente una rectificativa del mes de 07/19 de convenio multilateral pero no pase el pago de la ddjj original la cual ya estaba abonada como puedo subsanar el error que tengo que hacer ahora. Gracias y espero tu respuesta

  9. Maria Laura Laleñame 13 agosto, 2019 at 17:09 Responder

    Hola Carla, tengo un cliente de CM (Caba y GBA) ART.9 Hasta ahora solo tuvo que tributar en CABA. Pero desde abril le están haciendo retenciones en PBA al momento de realizarle el pago mensual.
    Por lo pronto rectifique las declas que ya había presentado, para incluir las retenciones no tomadas.
    Ahora que debería hacer? Pedir la devolución del importe a ARBA? Puedo hacer algo para que no le retengan mas? Trabaja solo para OCASA (por ahora) y las cargas las recibe solo en Caba.
    Gracias de ya por tu ayuda!
    Maria Laura Laleñame

  10. Víctoria 10 abril, 2019 at 14:00 Responder

    Hola Carla! Desde febrero 2019 tengo un contribuyente , que está dado de alta como contribuyente local en Agip y le retienen bastante de provincia de buenos aires, por lo que ademas de tener que hacer el reclamo, decidí dar el alta retroactiva en convenio multilateral desde enero, para al darle saldo a favor en buenos aires, le dejen de retener. El tema, es que hay dos presentaciones en Agip enero y febrero del 2019. Hice consultas a la comarb y me dijeron que consulte en rentas Agip donde imputar los pagos ya realizados, pero aún no tuve respuesta y se acerca el vencimiento. Para mí iría en el rubro “créditos del anticipo” y tendría que darme de baja ahora en Agip y presentar originales de convenio por enero y febrero. Que opinas al respecto? Gracias

  11. Rodri 30 octubre, 2018 at 17:32 Responder

    Estimada comunidad, les hago una consulta:
    Presente tarde convenio multilateral, donde estoy dado de alta en 3 jurisdicciones, tengo que abonar la multa automatica en todas ellas? o solo en la sede? o solo en la que tuve operaciones? Es regimen general.
    gracias

    • Carla Lombardi 30 octubre, 2018 at 18:08 Responder

      Cada jurisdicción en forma individual puede o no aplicar multa por falta de presentación al vto.
      Yo en tu lugar, primero me aseguraría que me hayan aplicado multa antes de abonarla…

  12. MABEL CELIA CROSETTI 29 agosto, 2018 at 13:13 Responder

    hola, mi consulta es: pague el periodo 5/2018, con los intereses, pero me equivoque, inverti los importes de intereses y pague los de La Pampa en Bs As y viceversa, como hago para reimputar bien el pago del intereses en la jurisdicción que corresponde?

    • Carla Lombardi 31 agosto, 2018 at 09:42 Responder

      Mabel,
      Te copio respuesta de la COMARB, por favor contanos después como te fue.
      Entendemos que deberá abonar la diferencia de intereses en la jurisdicción que abonó en menos y pedir que le reconozcan el saldo a favor en la jurisdicción que abonó en exceso. Para más información consulte en rentas de cada jurisdicción. Adjunto link con datos de contacto: http://www.ca.gob.ar/institucional/representantes-c-p2

      Atte.
      SUM@ – Sistema Unificado de Mesa de Ayuda
      Comision Arbitral del Convenio Multilateral

  13. Silvia 9 agosto, 2018 at 16:56 Responder

    Hola Carla, buenas tardes
    Necesitaría ayuda con lo siguiente
    En lugar de generar la ddjj del mes de junio, convenio multilateral, hice una rectificativa por el mes de mayo, que se presento y pago en tiempo y forma ( suponiendo siempre que se trataba de una ddjj de junio)
    Como podria rectificar este error y reimputar tanto periodo como pago?

    Gracias por tu ayuda

    • Carla Lombardi 10 agosto, 2018 at 09:34 Responder

      Silvia,
      Considero que deberias:
      1. Realizar 2° rectificativa del período 5-2018, cargando como “Créditos del anticipo” la suma de lo abonado por la original + lo abonado por la rectificativa 1, esto te genera un salo a favor = a lo abonado por rectificativa 1
      2. Realizar DJ original de 6-2018 e informar como “Saldo a favor” el proveniente de la rectificativa 2 de 5-2018.

  14. Ruben 9 julio, 2018 at 11:27 Responder

    Hola Carla, tengo un cliente nuevo que no puedo importar las retenciones de ingresos brutos desde el sifere web para la jurisdiccion 902 Buenos Aires : como obtengo los datos ya que me manifesto que le faltan comprobantes de retenciones y percepciones extraviadas por los choferes contratados?

  15. Fabiana 7 junio, 2018 at 21:31 Responder

    Hola Carla, una consulta: inicio de actividad en convenio en mayo 2018 cuando utilizo los coeficientes unificados.

    Muchas gracias

    • Carla Lombardi 8 junio, 2018 at 08:58 Responder

      A partir de abril 2019.
      ARTÍCULO 14°.- En los casos de iniciación o cese de actividades en una o varias jurisdicciones, no será de aplicación el régimen del artículo 5º, sino el siguiente:

      Iniciación: En caso de iniciación de actividades comprendidas en el Régimen General en una, varias o todas las jurisdicciones, la o las jurisdicciones en que se produzca la iniciación podrán gravar el total de los ingresos obtenidos en cada una de ellas, pudiendo las demás gravar los ingresos restantes con aplicación de los coeficientes de ingresos y gastos que les correspondan. Este régimen se aplicará hasta que se produzca cualesquiera de los supuestos previstos en el artículo 5º:

      Lo dispuesto en el párrafo anterior no será de aplicación para las actividades comprendidas en los artículos 6º al 12, ambos inclusive.

      En los casos comprendidos en el artículo 13, se aplicarán las normas establecidas por el mismo, salvo en la parte de los ingresos que se distribuye según el Régimen General, en cuyo caso será de aplicación el sistema establecido en el primer párrafo del presente inciso.

  16. Nancy 22 febrero, 2018 at 10:23 Responder

    Gracias Carla! A una clienta mía le pasó con monotributo. Le computaron el pago de diciembre para noviembre y así le quedó doble pago ese mes e impago el mes de diciembre. Tuve que hacerle una reimputacion. Parece que el sistema de Afip tiene sus fallas.

  17. Carla Sanabria 21 febrero, 2018 at 23:38 Responder

    Hola!! Una consulta similar, cómo se hace para pagar un saldo de rectificativa? Rectifique diciembre 2017 y ya está pagada la ddjj original. Y queda un saldo de un poco más de $1000.
    Intenté hacer por volante, pero me trae el monto completo de la rectificativa…
    Agradecería tu ayuda!!

    • Vanesa 23 febrero, 2018 at 00:38 Responder

      Hola! Cuando rectificaste tenias que poner en creditos del anticipo el saldo que ya estaba pago entonces la rectificativa te queda a pagar la diferenia de un poco mas de 1000, luego imprimis el volante como siempre

      Saludos!

      • MR 17 noviembre, 2022 at 00:15 Responder

        Consulta, ddjj original sep, se presento y pago fuera de termino, más los intereses, se debe rectifcar xq no se tomo percepciones, el pago del impuesto determinado, ok se ingresa en la rectificativa, como Otros Créditos, y los intereses como se cargan, se suman? o directamente no se cargan?

  18. marta 21 febrero, 2018 at 19:44 Responder

    Mil gracias Carla adhiero al comentarios de Karina tu dedicacion es impecable y admirable, y tu ayuda es invaluable para todos nosotros muchas gracias

  19. Karina 21 febrero, 2018 at 10:20 Responder

    Carla, como siempre sos una genia.
    En lo particular contar con tus novedades diarias mejoran mi trabajo diario, hacen que te admire y quiera imitarte por tu dedicación. Inspiras a que busquemos ser mejores profesionales día a día!!!

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