Al parecer este 2018 me depara un montón de nuevas experiencias, especialmente en corregir errores exóticos o poco frecuentes, como haber presentado el CM 03 del período 1-2018, pero al emitir los volantes de pago misteriosamente (creo que fue la semana que funciono mal el SIFERE Web) se imprimieron los del período 12-2017 nuevamente. Obviamente el período 12-2017 ya estaba pago y quedó adeudado el período 1-2018, por lo que me encontré por primera vez con la necesidad de saber como reimputar un pago duplicado en Convenio Multilateral.
PASOS PARA REIMPUTAR UN PAGO DUPLICADO EN CONVENIO MULTILATERAL
- Entrar a “SIFERE Web DDJJ” y presionar sobre el icono del período que se abono 2 veces, la opción para generar la rectificativa.
- Como es una rectificativa, ya se encuentran cargados todos los datos de la DJ Original, por lo cual, lo único que debemos hacer es ir jurisdicción por jurisdicción e ingresar en el campo CREDITOS DEL ANTICIPO, la suma de los importes abonados (el correcto mas el que pertenece al otro período).
- Una vez cargado el crédito del anticipo en todas las jurisdicciones, se podrá controlar al cerrar la DJ que quedará como saldo a favor el importe abonado en forma duplicada.
- Rectificar la o las DJ siguientes, trasladando en el campo SALDO A FAVOR DE PERÍODOS ANTERIORES, el saldo a favor que se generó hasta el anticipo al cual correspondía el pago mal imputado
Hola Carla, te hago una consulta si presentaste el importe de ventas en menos y era más y eso llevo a que en la jurisdiccion de Bs. AS te diera a pagar como se pueDE RECUPERAR ESE PAGO REALIZADO?
Gracias
Muchas gracias, me ha sido de gran utilidad las sugerencias e indicaciones que se hacen en este foro.
Hola, le facture a una empresa que actuo como agente de retencion con ingresos brutos, como hago para que no me lo cobren otra vez. Gracias
Buenas tardes Carla
como re imputar o compensar deuda anterior con saldo a favor de periodos posteriores en la juridicción de Caba?
Hola, se puede pedir devolución de un pago duplicado? es de Convenio Multilateral, jurisdicción Mendoza. Como debo proceder? Muchas Gracias.
Carla, buen día quería consultarte que realice la Rectificativa del mes de marzo y como habíamos omitido en la anterior presentación las Retenciones Bancarias, en determinadas jurisdicciones lo que dio a pagar nos ha arrojado saldo a favor, por ende lo que te quería consultar si esto lo tomo como mas saldo a favor para el mes de abril, ya que lo ingrese en la Rectificativa como un Crédito de Anticipo.
Muchas Gracias!
Correcto, una vez que lo informas como crédito del anticipo, pasa a formar parte del saldo a favor de ese período y así debe ser trasladado al período siguiente.
Hola! se realiza rectificativa DDJJ Convenio por error en alícuota en prov de ba as. Consulto; debo realizar el pago de intereses resarcitorios? y los mismos son segón c fiscal de arba art 59? Agradezco respuesta
CABA RECIENTEMENTE INTIMO VIA JUDICIAL EL PAGO DE IMPORTES MINIMOS POR NO PRESENTAR LA DDJJ DE CONVENIO MULTILATERAL. PARA EVITAR PAGAR INTERESES SE PRESENTO EN MORATORIA Y SE HIZO PLAN DE PAGO.
EL IMPORTE QUE COBRARON POR CADA DDJJ ES DE $660 . ESTE IMPORTE CUANDO PRESENTE LA DDJJ CON LA BASE IMPONIBLE ME VA DETERMINAR UN IMPORTE DE $500. ESTE IMPORTE QUE LO INCLUI EN UN PLAN DE PAGO LO TOMO COMO UN CREDITO EN LA DDJJ YA QUE LOS IMPORTE LOS TENGO COMO PLAN DE PAGO.
DESDE YA MUCHAS GRACIAS
Hola Buenas tardes. como deberia hacer un rectificativa por tomar saldos a favor de periodos anteriores menores a los que correspondía.
Hola Carla presente una rectificativa del mes de 07/19 de convenio multilateral pero no pase el pago de la ddjj original la cual ya estaba abonada como puedo subsanar el error que tengo que hacer ahora. Gracias y espero tu respuesta
Una opción sería una nueva rectificativa informando como crédito del anticipo el pago ya realizado por la DJ original.
Hola Carla, tengo un cliente de CM (Caba y GBA) ART.9 Hasta ahora solo tuvo que tributar en CABA. Pero desde abril le están haciendo retenciones en PBA al momento de realizarle el pago mensual.
Por lo pronto rectifique las declas que ya había presentado, para incluir las retenciones no tomadas.
Ahora que debería hacer? Pedir la devolución del importe a ARBA? Puedo hacer algo para que no le retengan mas? Trabaja solo para OCASA (por ahora) y las cargas las recibe solo en Caba.
Gracias de ya por tu ayuda!
Maria Laura Laleñame
María Laura,
En ARBA tenes 2 acciones que podes realizar:
1. Pedir la devolución del saldo a favor mediante repetición https://www.arba.gov.ar/GuiaTramites/TramiteSeleccionado.asp?tramite=316&categ=34
2. Solicitar reducción de alícuota https://www.arba.gov.ar/GuiaTramites/TramiteSeleccionado.asp?tramite=258&categ=34
Hola Carla! Desde febrero 2019 tengo un contribuyente , que está dado de alta como contribuyente local en Agip y le retienen bastante de provincia de buenos aires, por lo que ademas de tener que hacer el reclamo, decidí dar el alta retroactiva en convenio multilateral desde enero, para al darle saldo a favor en buenos aires, le dejen de retener. El tema, es que hay dos presentaciones en Agip enero y febrero del 2019. Hice consultas a la comarb y me dijeron que consulte en rentas Agip donde imputar los pagos ya realizados, pero aún no tuve respuesta y se acerca el vencimiento. Para mí iría en el rubro “créditos del anticipo” y tendría que darme de baja ahora en Agip y presentar originales de convenio por enero y febrero. Que opinas al respecto? Gracias
Me parece lógico el procedimiento.
Estimada comunidad, les hago una consulta:
Presente tarde convenio multilateral, donde estoy dado de alta en 3 jurisdicciones, tengo que abonar la multa automatica en todas ellas? o solo en la sede? o solo en la que tuve operaciones? Es regimen general.
gracias
Cada jurisdicción en forma individual puede o no aplicar multa por falta de presentación al vto.
Yo en tu lugar, primero me aseguraría que me hayan aplicado multa antes de abonarla…
hola, mi consulta es: pague el periodo 5/2018, con los intereses, pero me equivoque, inverti los importes de intereses y pague los de La Pampa en Bs As y viceversa, como hago para reimputar bien el pago del intereses en la jurisdicción que corresponde?
Mabel,
Te copio respuesta de la COMARB, por favor contanos después como te fue.
Entendemos que deberá abonar la diferencia de intereses en la jurisdicción que abonó en menos y pedir que le reconozcan el saldo a favor en la jurisdicción que abonó en exceso. Para más información consulte en rentas de cada jurisdicción. Adjunto link con datos de contacto: http://www.ca.gob.ar/institucional/representantes-c-p2
Atte.
SUM@ – Sistema Unificado de Mesa de Ayuda
Comision Arbitral del Convenio Multilateral
Hola Carla, buenas tardes
Necesitaría ayuda con lo siguiente
En lugar de generar la ddjj del mes de junio, convenio multilateral, hice una rectificativa por el mes de mayo, que se presento y pago en tiempo y forma ( suponiendo siempre que se trataba de una ddjj de junio)
Como podria rectificar este error y reimputar tanto periodo como pago?
Gracias por tu ayuda
Silvia,
Considero que deberias:
1. Realizar 2° rectificativa del período 5-2018, cargando como “Créditos del anticipo” la suma de lo abonado por la original + lo abonado por la rectificativa 1, esto te genera un salo a favor = a lo abonado por rectificativa 1
2. Realizar DJ original de 6-2018 e informar como “Saldo a favor” el proveniente de la rectificativa 2 de 5-2018.
Hola Carla, tengo un cliente nuevo que no puedo importar las retenciones de ingresos brutos desde el sifere web para la jurisdiccion 902 Buenos Aires : como obtengo los datos ya que me manifesto que le faltan comprobantes de retenciones y percepciones extraviadas por los choferes contratados?
Disculpame, no te entiendo la consulta.
Hola Carla, una consulta: inicio de actividad en convenio en mayo 2018 cuando utilizo los coeficientes unificados.
Muchas gracias
A partir de abril 2019.
ARTÍCULO 14°.- En los casos de iniciación o cese de actividades en una o varias jurisdicciones, no será de aplicación el régimen del artículo 5º, sino el siguiente:
Iniciación: En caso de iniciación de actividades comprendidas en el Régimen General en una, varias o todas las jurisdicciones, la o las jurisdicciones en que se produzca la iniciación podrán gravar el total de los ingresos obtenidos en cada una de ellas, pudiendo las demás gravar los ingresos restantes con aplicación de los coeficientes de ingresos y gastos que les correspondan. Este régimen se aplicará hasta que se produzca cualesquiera de los supuestos previstos en el artículo 5º:
Lo dispuesto en el párrafo anterior no será de aplicación para las actividades comprendidas en los artículos 6º al 12, ambos inclusive.
En los casos comprendidos en el artículo 13, se aplicarán las normas establecidas por el mismo, salvo en la parte de los ingresos que se distribuye según el Régimen General, en cuyo caso será de aplicación el sistema establecido en el primer párrafo del presente inciso.
Buenos días Carla.
Cómo es el procedimiento para pagar intereses por pago fuera de término?
Prometo nota con explicación practica!
Información útil y precisa. Adhiero a los agradecimientos. Saludos
hola Carla, consulta, como calculo los intereses resarcitorios para convenio en caba y provincia de bs as?
gracias
Gracias Carla! A una clienta mía le pasó con monotributo. Le computaron el pago de diciembre para noviembre y así le quedó doble pago ese mes e impago el mes de diciembre. Tuve que hacerle una reimputacion. Parece que el sistema de Afip tiene sus fallas.
Hola!! Una consulta similar, cómo se hace para pagar un saldo de rectificativa? Rectifique diciembre 2017 y ya está pagada la ddjj original. Y queda un saldo de un poco más de $1000.
Intenté hacer por volante, pero me trae el monto completo de la rectificativa…
Agradecería tu ayuda!!
Creo que podes ingresar a mano la diferencia a pagar al momento de generar el volante de pago.
Hola! Cuando rectificaste tenias que poner en creditos del anticipo el saldo que ya estaba pago entonces la rectificativa te queda a pagar la diferenia de un poco mas de 1000, luego imprimis el volante como siempre
Saludos!
Consulta, ddjj original sep, se presento y pago fuera de termino, más los intereses, se debe rectifcar xq no se tomo percepciones, el pago del impuesto determinado, ok se ingresa en la rectificativa, como Otros Créditos, y los intereses como se cargan, se suman? o directamente no se cargan?
Mil gracias Carla adhiero al comentarios de Karina tu dedicacion es impecable y admirable, y tu ayuda es invaluable para todos nosotros muchas gracias
gracias por compartir.
Que buena ayuda, gracias!
Carla, como siempre sos una genia.
En lo particular contar con tus novedades diarias mejoran mi trabajo diario, hacen que te admire y quiera imitarte por tu dedicación. Inspiras a que busquemos ser mejores profesionales día a día!!!
Karina,
Muchas gracias por el comentario, me alegra que sea de utilidad!
Gracias!!!!