Con el pago de los sueldos de marzo 2013 deberán realizarse las retenciones de Impuesto a las Ganancias para los empleados en relación de dependencia, utilizando los nuevos mínimos establecidos por la RG (AFIP) 3449/2013.
Les dejo un Excel básico para su calculo. Se aceptan criticas constructivas sobre el mismo.
Espero les sea de utilidad. Pueden bajarlo saltando la publicidad desde ACA.
Mi consulta es con respecto al periodo. Para calcular el monto del impuesto del mes de junio por ejemplo, se toman los haberes hasta ese mes inclusive, o hasta mayo?
Eugenio, El link para la descarga funciona perfectamente. Espera los 5 segundos y hace click en el margen superior derecho donde dice “saltar publicidad” y ahi te va a aparecer el excel.
Comparto una planilla que hice yo, lo pueden calcular directamente online completando los campos en verde o bajarla y usarla a gusto. http://goo.gl/EZZz4
Muchas gracias Carla! Tengo una duda y disculpá si es muy básica. Los nuevos montos establecidos en la RG 3449/2013, se aplican para los sueldos de febreros percibidos en marzo, de modo tal que en algunos caso puedan quedar impuesto a devolver: eso es así? De serlo, como quedaría reflejado en el recibo? y en el SICORE?
Mi consulta es con respecto al periodo. Para calcular el monto del impuesto del mes de junio por ejemplo, se toman los haberes hasta ese mes inclusive, o hasta mayo?
Eugenio,
El link para la descarga funciona perfectamente. Espera los 5 segundos y hace click en el margen superior derecho donde dice “saltar publicidad” y ahi te va a aparecer el excel.
Buen día Carla!
Podrías subir el Excel nuevamente por favor??? Porque no me funciona la descarga…o enviámelo por otro medio…
Gracias!
Comparto una planilla que hice yo, lo pueden calcular directamente online completando los campos en verde o bajarla y usarla a gusto.
http://goo.gl/EZZz4
Muchas gracias Carla!
Tengo una duda y disculpá si es muy básica. Los nuevos montos establecidos en la RG 3449/2013, se aplican para los sueldos de febreros percibidos en marzo, de modo tal que en algunos caso puedan quedar impuesto a devolver: eso es así? De serlo, como quedaría reflejado en el recibo? y en el SICORE?