UOCRA. Se establece un incremento salarial que se aplicará respecto de las distintas categorías previstas en el CCT 76/75, el cual se otorgará de la siguiente manera:
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Incremento salarial acumulativo sobre CCT 76/75:
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Julio 2025: 1,1% sobre salarios al 30/06/2025
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Agosto 2025: +1,1% sobre salarios al 31/07/2025
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Suma mensual no remunerativa (julio y agosto 2025):
| Categoría | Zona A | Zona B | Zona C | Zona C Austral |
|---|---|---|---|---|
| Sereno | $40.000 | $44.400 | $74.200 | $80.000 |
| Ayudante | $40.000 | $44.400 | $74.200 | $80.000 |
| Medio Oficial | $42.000 | $46.600 | $77.900 | $84.000 |
| Oficial | $46.000 | $51.000 | $85.300 | $92.000 |
| Oficial Especializado | $48.000 | $53.200 | $89.000 | $96.000 |
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Forma de pago: 50% en la primera quincena y 50% en la segunda.
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Aportes y contribuciones: se destinarán a la Obra Social, aunque la suma es no remunerativa.
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Cláusula de absorción:
Los incrementos voluntarios otorgados desde junio de 2025 podrán ser absorbidos hasta su concurrencia, sin reducir el ingreso total percibido por los trabajadores. -
Vigencia: Hasta el 31 de agosto de 2025.
Se crea una Comisión Especial para seguimiento económico y se acuerda reunión el 18 de agosto para definir ajustes desde septiembre 2025. -
Convenios incluidos:
Aplica a los CCT N° 76/75 y 577/10.

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