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Censo Nacional Económico para todos nuevas fechas de vencimiento y exigibilidad del cumplimiento por parte de los bancos

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El Censo Nacional Económico CNE 2020/2021 comenzará el 30 de noviembre de 2020 y se extenderá durante seis meses. El INDEC modificó las fechas que originalmente había establecido para su presentación.

  • Las personas jurídicas (empresas e instituciones sin fines de lucro) tendrán tiempo hasta el 1 de abril de 2021
  • Autónomos deberán hacerlo hasta el 1 de mayo de 2021
  • Las inscriptas en el Monotributo, hasta el 1 de junio de 2021.

Importante: Si bien la Resolución 180/20 en su Art. 4 establece que “Todas las UNIDADES ECONÓMICAS que sean convocadas a participar del CENSO NACIONAL ECONÓMICO quedan obligadas a responder la totalidad de las preguntas incluidas en el cuestionario”, el organismo ahora aclara en su web que en caso de que las unidades económicas no reciban la convocatoria en el domicilio fiscal electrónico declarado, también pueden acceder directamente a la aplicación del e-CNE.

Para realizar operaciones bancarias se exigirá el certificado de cumplimiento del Censo Nacional Económico

El Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) informa que el Banco Central de la República Argentina (BCRA) anunció que las entidades financieras deberán exigirle el certificado de cumplimiento censal correspondiente al Censo Nacional Económico (CNE 2020/2021) a las unidades económicas productoras de bienes y servicios con actividad registrada del país para la realización de operaciones bancarias.

Según la comunicación “B” número 12100 del BCRA, publicada el 4 de diciembre de 2020, se solicitará el certificado censal a partir del 1º de abril del 2021 para las personas jurídicas, del 1º de mayo de 2021 para las personas humanas -responsables inscriptas-, y del 1º de julio de 2021 para las personas humanas -monotributistas-. La exigencia de la documentación, que concluirá el 28 de febrero de 2022, cumple con lo dispuesto en el artículo 11 del decreto nº 3110/70.

El BCRA exigirá la presentación del certificado de cumplimiento censal como requisito previo para poder realizar las siguientes operaciones bancarias:

–       apertura de cuentas de depósitos y de cualquier otra que implique captación de fondos,

–       otorgamiento de créditos y sus respectivas renovaciones,

–       apertura de créditos documentarios,

–       apertura de cuentas para valores en custodia,

–       otorgamiento de fianzas y préstamos de valores,

–       alquiler de cajas de seguridad.

censoeconomico.indec.gob.ar

20 comments

  1. Silvia del valle vidan 14 junio, 2021 at 10:47 Responder

    No puedo presentar varios censos de monotributistas me sale esto Como lo soluciono ya probé entrando de incognito

    La conexión no es privada
    Es posible que los atacantes estén intentando robar tu información de cnebe.indec.gob.ar (por ejemplo, contraseñas, mensajes o tarjetas de crédito). Más información
    NET::ERR_CERT_DATE_INVALID

  2. JUAN MANUEL CARUBELLI 29 abril, 2021 at 19:20 Responder

    DOS PREGUNTAS:
    1a. COMO RECTIFICAR UNA ENCUESTA YA ENVIADA??? TODAVIA NO HE ENCONTRADO NINGUNA RESPUESTA SATISFACTORIA.- GENIAL……!!!!!!
    LA 2da. DE DONDE SALEN ESAS FECHAS DE VENCIMIENTO??? HASTA DONDE YO HE PODIDO INDAGAR SURGEN DE LA COMUNICACCION DEL BCRA !!!!!!??????? BCRA???? CURIOSIDAD: DE DONDE SACARON (EL BCRA) FACULTADES PARA ESTABLECER MODALIDADES (EL VENCIMIENTO) PARA EL CUMPLIMIENTO DE UNA OBLIGACIÓN CUYA AUTORIDAD DE APLICACION ES EL INDEC ????? QUE CACHIVACHE….. POR DIOS…….!!!!!!! QUE SE APIADE DE NOSOTROS.- SALUDOS.- JMC

  3. ALBA 27 marzo, 2021 at 10:54 Responder

    En caso de sociedades de hecho, presenta la sociedad por el total y c/u de los socios por el porcentaje que le corresponde. Si son dos socios, el 50% c/u. Es lo que hice y lo que estimo corresponde. No da lugar el cuestionario para otra cosa. En fin, ……

    • Caro 22 abril, 2021 at 18:12 Responder

      El socio debe completar su propio censo y en observaciones informar: CUIT al solo efecto de percibir honorarios por su condición de directores/gerentes de una sociedad.
      Perdón pero lo leí recién. Qué perno esto no?

  4. Emilia 22 marzo, 2021 at 15:59 Responder

    Puede hacerse la presentación en una fecha posterior a la del vencimiento? más allá de la exigibilidad por parte de entidades financieras, el sistema permitirá completar los datos con posterioridad a esas fechas?

  5. oscar 13 marzo, 2021 at 17:35 Responder

    Buenas tardes, al igual que Natalia cargué mal el importe de la facturación del 2019. Según tengo entendido,no se puede rectificar. Alguien conoce o sabe de algún correo o sitio del INDEC donde se pueda hacer la consulta?.
    Espero su respuesta Cra. Carla Lombardi.

  6. Natalia 13 marzo, 2021 at 09:33 Responder

    Buenos días, necesito ayuda!… Por error cargue mal un dato de facturación en un censo que ya presente. Se puede rectificar de alguna manera? Espero que puedan ayudarme.
    Gracias! Saludos.

  7. Maria Isabel 2 marzo, 2021 at 14:13 Responder

    Consulto: el período a informar en este Censo es el año 2019 ? Independientemente de que el ejercicio contable no coincida con el año calendario ? Gracias

    • Estefania 16 marzo, 2021 at 10:55 Responder

      Consulte en la pagina del CNE, y me respondieron lo siguiente: “La facturación a consignar es la correspondiente al año calendario (enero-diciembre) 2019. En el caso de que el cierre de ejercicio no coincida con el año calendario deberán realizar el cálculo correspondiente para consignar la facturación de enero a diciembre.

      Para más información sobre el CNE puede ingresar al sitio https://censoeconomico.indec.gob.ar
      Saludos!

  8. Fernanda 2 febrero, 2021 at 11:02 Responder

    Consulta, si tengo una cliente que es jubilada y recibe dividendos de una empresa, debería presentarlo? No es ni autónomo ni monotributista. Gracias

  9. MICAELA 28 diciembre, 2020 at 18:28 Responder

    Una pregunta en una sociedad de hecho, cuando se presenta el de los socios, que son autonomos por su participacion en la SH, en el punto de bienes producidos de la actividad principal, materias primas utilizadas, cantidad de personal empleado y facturacion anual del 2019 sin iva, se completa todo en cero?
    Alguien lo pudo presentar asi?
    Se lo tomo el sistema?
    muchas gracias

    • Carla 11 diciembre, 2020 at 13:13 Responder

      Y yo los voy a presentar, en la pagina del INDEC dan a entender eso, tener en cuenta que la convocatoria llega por mail que se informa a AFIP, habría que ver si todos los contribuyentes lo tienen actualizado…

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