Así lo comunico ayer CAME en la Circular Nº 269/2014, en la cual expresa que la posición de la Cámara sobre la forma de pagar los $ 1.200 No Remunerativos debe proporcionarse a la jornada de trabajo.
Gracias por tu respuesta carla. No me queda claro como aplicar la proporcionalidad cuando el trabajador ingresa por ejemplo en el mes de julio al empleo, aunque trabaje 8 horas supongo que no le corresponderian los 1200. Alguien me puede ayudar con este tema?
Laura, El acuerdo no hace mencion alguna sobre retener obra social o sindicato. Como si lo hacia sobre los no remunerativos de acuerdos anteriores. Personalmente yo lo liquide sin realizar ninguna retencion.
Gracias por tu respuesta carla. No me queda claro como aplicar la proporcionalidad cuando el trabajador ingresa por ejemplo en el mes de julio al empleo, aunque trabaje 8 horas supongo que no le corresponderian los 1200. Alguien me puede ayudar con este tema?
Laura,
El acuerdo no hace mencion alguna sobre retener obra social o sindicato. Como si lo hacia sobre los no remunerativos de acuerdos anteriores.
Personalmente yo lo liquide sin realizar ninguna retencion.
Se paga obra social o algun aporte por este “no remunerativo”?
Se hubieran fijado antes de firmar los idiotas. Ahora que vengan empresa por empresa a defender cuando faecys empiece a intimar