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SEGURO COLECTIVO DE VIDA OBLIGATORIO NUEVO IMPORTE A PARTIR DE MAYO 2016. RESOLUCIÓN 39766/2016

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Por medio de la Resolución 39766 se dispone que :

– La Suma Asegurada será equivalente a la de 5,5 Salarios Mínimos Vitales y Móviles. La misma se ajustará anualmente conforme al último SMVM publicado en el mes de diciembre de cada año. La Suma Asegurada que resulte de la actualización anual entrará en vigencia a partir del 1° de marzo del año siguiente. A partir del 1° de mayo de 2016, la Suma Asegurada es de $ 33.330.

– La prima mensual a abonar que deberá abonar el empleador en virtud de la contratación de este seguro es de 0,205 mensuales por cada $ 1.000, por lo cual la suma asciende a  $ 6,83 por empleado por mes.

– El derecho de emisión es anual, podrá percibirlo el asegurador cuando se emita o renueve una póliza, de acuerdo a la siguiente escala:
Hasta 25 asegurados $12.
Entre 26 y 50 asegurados $ 17.
Más de 50 asegurados 25.
El tomador-empleador, cuando corresponda, declarará y abonará el derecho de emisión a través del aplicativo del SICOSS.

Vigencia: Mayo 2016.

67 comments

  1. Violeta G 24 agosto, 2018 at 16:15 Responder

    Hola
    La aseguradora le cobra al cliente una “refacturación del seguro de Vida Colectivo” y no me están respondiendo con claridad a que refiere. El Obligatorio se encuentra cubierto con el mensual y los 12 pesos de emisión, no es cierto? ¿O hay una cargo más?
    Desde ya, muchas gracias.

  2. claudio Bracaccini 28 mayo, 2018 at 11:22 Responder

    Necesito saber si un empleado renuncia a su actual empleo en X empresa, puede ser empleado nuevamente en la misma firma en caso de necesitarlo. si en tal caso se considera, puesto nuevo de trabajo. por consiguiente podría la pimes que lo emplea tener el 50% de deducción en contribuciones patronales.

    • Carla Lombardi 8 abril, 2018 at 19:02 Responder

      Si es empleados de comercio, el Seguro de Vida Obligatorio Convenio Colectivo de Trabajo para Empleados Mercantiles 130/75, las dos terceras partes de la prima mensual están a cargo del empleador y el tercio restante a cargo del empleado.

  3. Vidalia 3 noviembre, 2017 at 08:36 Responder

    Consulta,m depositaron de la cobertura x el seguro de vida x fallecimiento (hermano),mi duda es que m depositaron 33.330 y no 44.330 ya q esta última está vigente,cual m correspondería,gracias….

  4. Carlos 1 noviembre, 2017 at 14:47 Responder

    Hola. Alguien sabe que debe contener el recibo de pago del seguro por parte del empleador?. Si bien se estaban realizando los pagos el empleador no había contratado ninguna póliza, por lo que ahora debe asumir él el pago del seguro. La pregunta es si el recibo debe contener algún texto en especial.

  5. anabella 30 agosto, 2017 at 16:48 Responder

    Hola, Carla
    Debia abonar el derecho de emision en octubre 2016 recien me acaban de informar como se realiza por el f931 me dijeron que tenia que hacer una rectificativa pero no se en que parte de ello puedo agregar los 12 pesos que tengo que pagar. espero su respuesta muchas gracias.

    • Carla Lombardi 1 septiembre, 2017 at 12:45 Responder

      En vez de rectificativa, podes simplemente generar el VEP por los $ 12 pesos y enviar a la Cia. de seguros para que regularizen la cuenta.

      • Damian 17 mayo, 2023 at 13:12 Responder

        Hola Carla.
        Sabes que estoy queriendo generar un VEP para pagar el SVO pero no me aparece el concepto 028 (SVO) en DDJJ y Pagos para generar un VEP directamente. Cómo puedo generarlo?. desde ya, muchas gracias!

  6. irma 28 agosto, 2017 at 13:57 Responder

    Buenas tardes: le consulto trabaje en empresa estatal desde 01/10/1982 al 04/04/2016 me dieron el retiro provisorio por invalidez con el 69% mi pregunta es, tengo que cobrar mi seguro de vida obligatorio ??Gracias atte

    • Carla Lombardi 29 agosto, 2017 at 10:05 Responder

      Este seguro cubre el riesgo de muerte del trabajador en relación de dependencia, por cualquier causa (incluyendo el suicidio como hecho indemnizable), no cubre invalidez por lo que tengo entendido.

    • sandra 27 junio, 2017 at 15:39 Responder

      SEGURO DE VIDA, POR MUERTE PRESENTAR: Carta del empleador informando el deceso, Comprobante de CUIL, Dni del beneficierio
      Formulario de designacion de beneficiarios, Certificado de defuncion y Los ultimos 4 recibos de sueldo. No hace falta la partida de nacimiento

  7. Fabio 21 marzo, 2017 at 20:45 Responder

    Hola, hace un par de años que un cliente no tiene mas empleado y sigue viniendo la renovación de la póliza, como se da de baja la misma? Gracias

  8. Victoria 5 diciembre, 2016 at 12:59 Responder

    Carla, buen dia! Me podrias informar como hago para ver si la empresa cuenta con SEGURO DE VIDA, porque no encuentro contrato, poliza alguna.-

    • Carla Lombardi 6 diciembre, 2016 at 09:44 Responder

      Fijate si aparece entrando en el servicio “Simplificacion Registral Empleadores”, alli deben figurar los contratos de ART y SCVO vigente.

  9. Miguel 15 noviembre, 2016 at 13:59 Responder

    Yo quise sacar un seguro de Vida Obligatorio pero me dicen que ya lo tengo vigente y contratado en otra aseguradora. Pero no recuerdo de haberlo hecho. Donde puedo averiguar en que Aseguradora esta vigente?
    GRACIAS!

    • Carla Lombardi 29 agosto, 2016 at 09:04 Responder

      Mariano,
      Hice la consulta en la Superintendencia y me confirmaron que el valor que sigue vigente es $ 6,83. Que la actualizacion del valor de la prima se hace en diciembre.

  10. ESTRELLA 15 agosto, 2016 at 20:52 Responder

    Hola! la cantidad de $33.330 se cobraría también por un fallecido empleado de una empresa de transporte cuyo trabajo fue pintor de colectivo?

  11. Ana Vitale 10 agosto, 2016 at 15:38 Responder

    Hola, buenas tardes, por favor, me pueden decir cómo se paga el seguro de vida obligatorio para empleados domésticos? Actualmente genero el Vep para el pago de aportes, obra social y ART. Estoy contratando el seguro de vida obligatorio y no se cómo se paga…
    Muchas gracias!!

  12. Sandra 5 agosto, 2016 at 09:31 Responder

    Buenos días
    El empleador reciente, que posee un trabajador rural permanente también debe pagar el SCVO ?, ya contrató una póliza por la Ley 16600 de seg de vida de trabajadores rurales que le exige la UATRE para dar de alta al trabajador.
    Gracias

  13. Ana 29 junio, 2016 at 11:09 Responder

    Buenos dias, como puedo saber que aseguradora tenia contratara el empleador de mi padre fallecido para poder cobrar el seguro, gracias

  14. monica 13 junio, 2016 at 20:13 Responder

    con cual volante de pago afip puedo pagar una diferencia
    del 028 SVO – ya que el sistema no me lo toma
    en el formulario 931 –

  15. Ana 9 junio, 2016 at 12:12 Responder

    Buenas tardes, necesito una mano con unas liquidaciones de sueldos de uocra, mas que nada con el tema de las cargas sociales, mas bien solamente con eso, nunca liquide uocra y tengo miedo de liquidar mal. si alguien me puede dar una mano me podrian enviar un mail a alauraperez3@gmail.com para poder hacerles mi consulta.

    Muchas Gracias

  16. Martin 1 junio, 2016 at 16:34 Responder

    Hola,donde puedo ver que compania de seguro de vida tiene contratada mi jefe? en simplificacion resgistral dice SEGURO COLECTIVO SIN CONTRATO…. pero el paga importe de prima por empleado todos los meses por 931, puede ser que la aseguradora por algun motivo lo dió de baja y mi jefe no esté enterado? si es asi a donde fue a pagar el importe de las primas abonadas?!. gracias.

    • Carla Lombardi 2 junio, 2016 at 08:44 Responder

      Martin,
      Es muy probable que el motivo sea por no abonar el costo de emision anual.
      Tendrias que buscar el contrato original con la Cia de seguros y llamar para ver que es lo que esta faltando.

      • Martin 2 junio, 2016 at 09:32 Responder

        Gracias carla, entonces a donde fué a parar el importe abonado todos los meses por las primas, mediante el 931? y en que me afecta a mi siendo el empledo?, la primer poliza se venció en 12/2014, de ahi no enviaron nada mas y no se pago ningun costo de emision.

        • Jairo 2 junio, 2016 at 16:49 Responder

          Probablemente lo que pase es que tu empresa no haya hecho contrato con ninguna compañia de seguros todavia, probablemente por desconocimiento. Yo trabajo en RRHH y eso fue lo que paso en mi empresa los primeros meses cuando salio la nueva ley del SCVO. Los aportes fueron a parar a saco roto, quizas al estado.
          A vos no te afecta en nada, siempre y cuando no te mueras. En caso de muerte no hay compañia que pague la indemnizacion, la deberia pagar la empresa que incumplio la normativa, y podria haber ahi un conflicto.
          La que esta mas afectada es tu empresa que tendra que responder ante cualquier caso de muerte de sus empleados por esta obligacion, es decir esta pagando un seguro por el que no contrató poliza.
          Saludos

          • Martin 3 junio, 2016 at 11:56

            Muchas gracias por la respuesta, estaba bastante desorientado!, el contrató poliza pero no se abnó costo de emision, ahora que el vuelva a contratarla y le entregan poliza en junio el costo de emision lo pagaria en el 931 de junio que vence en julio verdad? .

  17. Amelia 23 mayo, 2016 at 10:53 Responder

    Consulta, se acaba de abonar la DDJJ de Abril 2016 con vencimiento en mayo, en la de Abril deberiamos haber cambiado la alicuota de 4.10 a 6.83 o se cambia ahora con la DDJJ de Mayo?

  18. LAURA 5 mayo, 2016 at 15:06 Responder

    MIREN, YO PEGO ALGO QUE SALIO EN ERREPAR.. Y ELLOS DICEN A MES VENCIDO:

    Consulta Frecuente: La prima del Seguro Colectivo de Vida Obligatorio que se incrementa a partir del 1 de mayo ¿se abona por adelantado o a mes vencido?

    Publicado por erreparcontenidos el 4 mayo, 2016 en Consulta frecuente

    Consulta Frecuente: La prima del Seguro Colectivo de Vida Obligatorio que se incrementa a partir del 1 de mayo de 2016 ¿se abona por adelantado o a mes vencido?
    SEGURO COLECTIVO DE VIDA OBLIGATORIO DECRETO 1567/1974. INCREMENTO. PAGO
    La prima del Seguro Colectivo de Vida Obligatorio que se incrementa a partir del 1 de mayo de 2016 ¿se abona por adelantado o a mes vencido?

    La resolución (SSN) 39766/2016 eleva a $ 33.330 el capital asegurado del Seguro Colectivo de Vida Obligatorio a partir del 1 de mayo de 2016, incrementándose también el costo de la prima para la cobertura, que pasa de $ 4,10 a $ 6,83 mensuales por cada trabajador asegurado.

    En tal sentido, el artículo 11 del Anexo de la citada resolución dispone que el premio será declarado e ingresado directamente con las mismas modalidades, plazos y condiciones establecidos para el pago de los aportes y contribuciones con destino a la Seguridad Social, en función de la nómina del mes que se declara.

    En consecuencia, el nuevo valor de la prima debe ser incluido en el formulario F. 931 (cargas sociales) del mes de mayo de 2016.

    Fuente: Editorial Errepar

  19. SILVINA 18 abril, 2016 at 15:37 Responder

    EL MONTO QUE YO ESTABA PONEINDO NO ES 4.1 SINO 4.9 SEGUN EL ÚLTIMO AUMENTO QUE NOS INFORMARON YQ UE AHORA PASARIA A 6.83

  20. Andrés 18 abril, 2016 at 08:03 Responder

    Buen día, la prima de emisión la pagamos en Febrero 2016, ahora que se actualizó el importe hay que volver a pagarla?

    Estamos seguros entonces que es a partir del período de Abril 2016?

    Gracias

    • Carla Lombardi 18 abril, 2016 at 08:40 Responder

      Andres,
      La prima se paga todos los meses era de $ 4,10 anteriormente. El Costo de emision se paga una vez al año y su valor no se modifico por el momento.

    • Carla Lombardi 13 abril, 2016 at 18:12 Responder

      Ariel,
      Exacto. La vigencia es mayo 2016 como es un seguro yo lo voy a comenzar a utilizar en el devengado abril 2016 que se abona en mayo.

          • roman 27 abril, 2016 at 16:54

            Buenas tardes, yo tengo gente que el sueldo de Abril de 2016 lo cobran parte del personal el 30/4 y otra parte del personal el 6/5. Por que trabajamos con distintos convenios. Entonces va para este mes el 6,83 o lo dejo para la prox liquidación?
            Gracias, Saludos

          • Carla Lombardi 28 abril, 2016 at 14:20

            Roman,
            Es indistinto que dia cobran el sueldo, ambos pertenecen al periodo 4-2016. La resolucion indica que es a partir de 5-2016, como es un seguro y la diferencia no es significativa, yo comence a utilizarlo a partir de abril 2016.

      • mariano 21 agosto, 2016 at 09:46 Responder

        RESOLUCION SSN Nº [../RE-SS/r3976616.htm]39.766/16 (1)
        01/01/17
        $ 44.330
        $ 9.09
        01/09/16
        $ 41.580
        $ 8.52
        01/06/16
        $ 37.455
        $ 7.68
        01/05/16
        $ 33.330
        $ 6.83

        Consulta me paso un colega esta resolucion del seguro colectivo de vida obligatorio tiene escala de aumentos podrian decirme si oficialmente esta en aplicacion?

        • Carla Lombardi 22 agosto, 2016 at 16:58 Responder

          Mariano,
          Si, esta vigente. Hay que contratarlo con una Cia. de seguros y se abona a traves del F. 931. Tener en cuenta que anualmente tambien se debe abonar prima de emision.

          • mariano 23 agosto, 2016 at 10:28

            Pero que raro que no lo comunicaron en forma masiva la mayoria de los profesionales estan liquidando a $ 6,83 porque sera? sabiendo que esta la escala que les mencione

        • Virginia 15 diciembre, 2016 at 11:42 Responder

          Cómo se paga en el caso de empleados Públicos? Directo a la compañía o también por 931? Tengo entendido que no se declara vía SUSS

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